martes 23 de abril de 2024

Punto por punto: Qué dice la resolución que habilita el ciclismo en Bariloche

Salidas según DNI, distancia entre ciclistas, acompañamiento de menores y utilización de barbijo entre otras reglamentaciones a tener en cuanta a la hora de realizar la actividad.

martes 12 de mayo de 2020
Punto por punto: Qué dice la resolución que habilita el ciclismo en Bariloche

El ejecutivo municipal, a través de la resolución 1032-I-2020 adhirió al decreto provincial que establecía la habilitación del ciclismo en toda la provincia, en el marco de la fase 4 del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La resolución establece en su articulado que la actividad del ciclismo deportivo podrá realizarse de acuerdo al siguiente cronograma: las personas cuyos D.N.I. y/o pasaporte finalizan en números impares, podrán realizar la misma, los días lunes, miércoles y viernes, y las personas cuyos D.N.I. y/o pasaporte finalizan en números pares, podrán realizar la misma, los días martes, jueves y sábados.

A los efectos del cumplimiento de dicho cronograma, los ciclistas deberán presentar su D.N.I y/o pasaporte cuando se lo requiera alguna de las fuerzas provinciales y/o federales que controlan el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Asimismo establece que en el caso de las salidas de menores de doce (12) años, los mismos deberán ir acompañados por un mayor, siendo éste quien debe respetar el cronograma según D.N.I y/o pasaporte.

También determina que será obligatorio para todos los ciclistas (mayores y menores) la utilización de protección naso bucal de distinto tipo y/o cubreboca, incluidos los de fabricación personal, que cumpla con las características de protección dispuestas por la autoridad sanitaria.

Durante la práctica, es obligatorio mantener una distancia mínima de 10 metros con cualquier otro peatón y/o ciclista que circule por el lugar.

En su artículo 7, la resolución establece que en el caso que dicha actividad comprometa de algún modo el sistema de salud de nuestra ciudad, público y/o privado, se dejará sin efecto la adhesión dispuesta, prohibiendo la actividad de ciclismo en cualquiera de sus modalidades. (ANB)

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