2026-02-10

Demanda

Firmó un pagaré en blanco por un préstamo y años después, le embargaron el sueldo

La mujer pagó su deuda y tiempo después, se encontró con que habían embargado parte de su salario, por lo que recurrió a la Justicia.

Una trabajadora del ámbito público solicitó un préstamo y para acceder al mismo, tuvo que firmar un pagaré en blanco que no contenía ningún tipo de información. Terminó de pagar su deuda y cuando ya había transcurrido el tiempo, sufrió el embargo de su sueldo por una deuda por intereses. 

De acuerdo a lo informado, la mujer acudió a una financiera para obtener un préstamo. Para acceder al dinero, debió firmar un pagaré en blancoel pagaré no tenía monto, fechas ni beneficiario, pero apareció completo en un juicio ejecutivo que avanzó sin discusión previa y le descontó parte de sus ingresos como empleada pública.

El fuero civil de Bariloche resolvió que ese pagaré no podía ser utilizado para reclamar una deuda de consumo y condenó a quien impulsó la ejecución judicial. Declaró inhábil el título, anuló la sentencia monitoria, ordenó devolver las sumas embargadas y reconoció daños económicos, daño moral y una sanción civil por violación a la Ley de Defensa del Consumidor.

El crédito fue cancelado conforme a lo pactado. Ante un reclamo posterior por supuestos intereses, la clienta volvió a abonar para evitar conflictos y recibió una constancia de libre deuda. Durante un largo período no volvió a tener noticias de esa relación comercial.

Sin embargo, tiempo después fue notificada de un juicio ejecutivo iniciado por un particular, basado en aquel pagaré. El trámite avanzó por la vía rápida propia de los procesos ejecutivos y derivó en una sentencia monitoria que ordenó el embargo de su salario. Los descuentos comenzaron a aplicarse sin que existiera una instancia previa para discutir el origen de la deuda ni las condiciones del crédito.

El juez interviniente concluyó que el pagaré no cumplía con los requisitos exigidos para las operaciones de crédito al consumo. El instrumento carecía de información esencial sobre el financiamiento, como el monto, la tasa de interés, el costo financiero total y el detalle de los pagos, tal como exige la Ley de Defensa del Consumidor.

La ejecución fue rechazada por inhabilidad de título. La sentencia monitoria quedó sin efecto y se ordenó la restitución de las sumas embargadas. No obstante, el impacto económico ya se había producido, al igual que el perjuicio derivado de los reclamos y del descuento sobre un salario destinado a la subsistencia.

A partir de esa situación, la mujer promovió una demanda por daños y perjuicios. El reclamo no cuestionó la existencia del préstamo original, sino el uso posterior del pagaré en blanco y la decisión de acudir a la vía ejecutiva sin integrar el negocio causal ni cumplir con los deberes de información que rigen en las relaciones de consumo.

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