viernes 26 de abril de 2024

Audiencia

Imputaron a María Eugenia Martini por la causa Techo Digno

El juez Ricardo Calcagno tuvo por formulados los cargos por defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública contra la exintendenta de Bariloche.

lunes 09 de agosto de 2021
Imputaron a María Eugenia Martini por la causa Techo Digno

Durante la jornada de hoy continuaron las audiencias de formulación de cargos a intendentes y empresarios de la construcción que tuvieron intervención en el programa nacional “Techo Digno” destinado a la ejecución de viviendas, implementado en el territorio provincial a partir del año 2013. En la presente jornada se tuvieron por admitidos los cargos a la exmandataria municipal de San Carlos de Bariloche, María Eugenia Martini y al empresario de la construcción Juan Castelli, de Oriente Construcciones.

El relato de los hechos realizado por el Ministerio Público Fiscal detalla que cada uno de los mandatarios locales firmó el acuerdo con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal.

Dicho convenio delimitaba que, en el marco de la implementación del mencionado programa, los intendentes debían “respetar documentación y especificaciones técnicas como declaración jurada, solventar diferencias, abonar mensualmente a la empresa contra certificación de avance de obra emitida por el propio Municipio” (…) y efectuar la rendición de cuentas para presentarla mensualmente a la Subsecretaría de forma detallada y debidamente documentada que demuestre el uso dado a los fondos”.

El acuerdo los obligaba además a “restituir de forma inmediata los montos no rendidos al Estado nacional”. También “debían poner a disposición la documentación respaldatoria, incluyendo los extractos de la cuenta bancaria en los cuales se encontraban reflejados los movimientos de los fondos utilizados para la ejecución de las acciones previstas, cuando éstos lo requieran”.

En todos los casos, enfatizó la Fiscalía, los mandatarios locales, que tenían “a su cargo la administración y el cuidado de los fondos correspondientes a dicho acuerdo desde su ingreso a las arcas municipales, violaron los deberes que les eran impuestos en razón de su cargo y en virtud del citado Convenio y perjudicaron de esta manera los intereses confiados”.

Además, los intendentes ordenaron el pago de certificaciones de obra, sabiendo que no reflejaban el avance real de lo que se estaba construyendo, beneficiando indebidamente a diversas firmas constructoras, cuyos referentes también forman parte de los imputados por su calidad de partícipes necesarios de los mencionados delitos.

El equipo fiscal agregó en este sentido que “las operatorias referidas se concretaron mediante certificaciones de avance de obra falsas, que eran presupuesto necesario para destrabar los desembolsos de dinero por parte de la Subsecretaría federal mencionada causando perjuicio al erario público”.

La totalidad de los abogados de los imputados correspondientes a la Tercera Circunscripción Judicial plantearon su oposición a la formulación de cargos por entender que no se respetan los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal de la provincia, para avanzar en este acto. Rechazaron además la posibilidad de tramitar estos legajos como causa compleja.

Esta situación no fue admitida por el magistrado interviniente que, en cambio, tuvo por formulados los cargos por defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública -dos hechos- en concurso real e ideal con el delito de uso de documento público falso: En el caso de la ex intendenta en calidad de autora mientras que, se considera al empresario como partícipe necesario.

Las audiencias de formulación de cargos continuarán en los próximos días en la Cuarta Circunscripción judicial de la provincia. (Fuente: Ministerio Público Fiscal de Río Negro)

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