Identidad de género
Ordenan rectificar una partida de nacimiento modificada por error con una "X" sin el consentimiento de la titular
Una jueza del fuero de Familia ordenó rectificar la partida de nacimiento de una mujer para reincorporar el sexo femenino "F" en lugar de una "X" que había sido asentada sin su consentimiento. El origen del caso se remonta a un trámite que la afectada realizó en 2024 al amparo de la Ley de Identidad de Género, donde solicitó exclusivamente modificar su nombre de pila, sin pedir cambios en el sexo registral. Sin embargo, la partida de nacimiento emitida con posterioridad incluyó la letra "X", la cual, de acuerdo con el Decreto 476/2021, abarca acepciones como no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada y no consignada.
Al registrar esta modificación no solicitada y constatar que su Documento Nacional de Identidad mantenía la letra "F", la mujer acudió al fuero de Familia de Bariloche con el único fin de que se corrigiera el error de registro. La demanda comenzó a tramitar en abril. Durante el proceso, la Fiscalía no formuló objeciones y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro tampoco encontró impedimentos legales para dar lugar al reclamo. Tras revisar los antecedentes de la solicitud de 2024, la Unidad Procesal constató que efectivamente la mujer solo había pedido cambiar su nombre de pila y que no existía una petición de cambio de sexo o género.
La jueza a cargo evaluó que la inclusión de la "X" no reflejaba una decisión de la demandante sobre su identidad. En el expediente judicial, la mujer ratificó expresamente que se reconoce dentro del binomio femenino/masculino y que su intención era conservar la inscripción del sexo femenino. Bajo los principios de la Ley 26.743, la cual garantiza el derecho a la identidad de género y a ser identificado según la propia autopercepción, la magistrada concluyó que no correspondía sostener una modificación no consentida ni solicitada.
En consecuencia, el fallo hizo lugar a la demanda y dispuso que, una vez firme la sentencia, el Registro Civil reemplace la "X" por la "F", equiparando el acta de nacimiento con los datos vigentes en su Documento Nacional de Identidad.