Decisión
La Justicia prohibió a un entrenador acercarse a menos de 100 metros de un adolescente
Un adolescente de Bariloche que encontró en el deporte un espacio de alegría y pertenencia terminó alejándose para evitar una situación que lo lastimaba emocionalmente. Sus padres recurrieron a la Justicia y pidieron protección contra el entrenador, a quien señalaron por episodios de maltrato verbal, descalificaciones y exposición pública en redes sociales.
El caso llegó al fuero de Familia de Bariloche, donde la jueza dictó una resolución contundente: la exigencia deportiva tiene límites y la autoridad de un entrenador no habilita prácticas que vulneren la dignidad de un adolescente.
Los padres del joven presentaron una medida de protección y relataron que durante un torneo el entrenador difundió en un grupo de WhatsApp un audio y una foto del adolescente, identificándolo y haciendo comentarios sobre su rendimiento. También mencionaron otros episodios anteriores de gritos, burlas y descalificaciones que afectaron la confianza del chico y lo llevaron a dejar una actividad que practicaba desde hacía varios años.
La magistrada decidió entrevistar personalmente al joven, destacando que esa instancia no era un simple trámite, sino una herramienta fundamental para conocer su opinión. El chico pudo expresar que el deporte seguía siendo importante para él y que su alejamiento no era por falta de interés, sino por las circunstancias que estaba viviendo.
A partir de esa escucha, la jueza sostuvo que no correspondía obligarlo a volver a la actividad, porque esa decisión debía ser exclusivamente suya. Lo que sí ordenó fue garantizar que, si él decidía regresar, pudiera hacerlo en un ambiente seguro y libre de violencia. En su sentencia, la magistrada remarcó: “Exigir no es humillar. Corregir no es descalificar. Entrenar no habilita a violentar”. También señaló que los entrenadores tienen una responsabilidad especial con niños y adolescentes, porque existe una relación de confianza y desigualdad de poder que requiere mayores cuidados.
La jueza valoró como pruebas las capturas de WhatsApp, las actuaciones municipales y los registros presentados por la familia, y tuvo en cuenta que desde el municipio ya se había pedido al entrenador que se abstuviera de dirigir mientras se analizaba la situación.
El fallo ordenó que el entrenador no pueda acercarse al adolescente a menos de 100 metros en entrenamientos, competencias y cualquier actividad deportiva, y prohibió la publicación o difusión de fotos, videos, audios o datos personales del joven en redes sociales o grupos sin autorización.
También se dispuso notificar a la organización deportiva y al municipio para que tomen medidas si el adolescente decide volver, y se pidió acompañamiento para todo el grupo de jóvenes con el objetivo de prevenir nuevas situaciones de maltrato. La jueza dejó claro que será el propio chico quien decida si quiere volver a practicar deporte, dónde y cómo hacerlo, pero esa decisión debe poder tomarse sin violencia, presiones ni condicionamientos.