"Derecho de admisión"
Rechazan demanda por discriminación contra un colegio que no renovó la matrícula de un alumno por su color de su cabello
Un fallo de primera instancia rechazó la demanda por daños y perjuicios que la familia de un adolescente barilochense inició contra el colegio de gestión privada donde el joven había estudiado durante varios años. El conflicto se desencadenó cuando el alumno, ya en el secundario, comenzó a asistir a clases con el cabello de un tono grisáceo, en aparente contradicción con el reglamento interno de la institución, que prohíbe expresamente los colores fantasía o no naturales.
El establecimiento no tomó la medida de inmediato. Antes de resolver la no renovación de la matrícula para el ciclo siguiente, desplegó un proceso que incluyó llamados de atención, reuniones con la familia, pedidos concretos para adecuar la apariencia del alumno e intervención de autoridades educativas. Según el colegio, el color del cabello no fue el único motivo: también hubo otros incumplimientos reiterados de las normas de convivencia, y la familia no llegó a un acuerdo pese a las oportunidades que se le brindaron.
La familia, en cambio, interpretó ese recorrido como hostigamiento. Sostuvo que la decisión de no renovar la vacante fue una represalia por la apariencia del joven y que el cambio forzado de escuela, después de una larga trayectoria en la institución, generó daños emocionales y alteró la organización del hogar.
El juez no compartió esa lectura. La sentencia valoró los testimonios que acreditaron el proceso previo de diálogo y concluyó que la medida no fue intempestiva ni arbitraria, sino el ejercicio regular del derecho de admisión de una institución privada frente al incumplimiento de reglas que la familia conocía desde hacía años. El fallo también analizó la prueba psicológica aportada y determinó que el malestar emocional del joven no podía atribuirse exclusivamente al colegio, dado que existían otros factores personales ajenos a la institución.
El pronunciamiento recordó que ningún establecimiento puede usar el derecho de admisión como herramienta discriminatoria ni afectar injustificadamente el acceso a la educación. Sin embargo, en este caso consideró que la decisión fue comunicada con tiempo suficiente y no dejó al alumno sin escolarización. La sentencia no está firme y puede ser apelada. (ANB)