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El Bolsón

Condenan a una florería por despido injustificado y hostigamiento

La Cámara de Trabajo de Bariloche determinó que la empresa no logró probar la supuesta pérdida de confianza y acreditó que la empleada sufrió un deterioro en su salud mental debido a un entorno laboral hostil.
20/07/2026 08:40 Hs.
La trabajadora resultó con un trastorno de ansiedad generalizada con incapacidad permanente, debido al ámbito laboral.
La trabajadora resultó con un trastorno de ansiedad generalizada con incapacidad permanente, debido al ámbito laboral.

El fuero laboral de Bariloche dictó una sentencia contra una florería y vivero de la localidad de El Bolsón, concluyendo que el despido de una trabajadora fue injustificado y condenando a la empresa a indemnizarla. El tribunal determinó que la empleadora no pudo acreditar la "pérdida de confianza" que invocó para el cese del vínculo y, mediante las pruebas del juicio, reconstruyó un ambiente de hostigamiento que afectó la salud mental de la mujer, quien fue despedida mientras gozaba de una licencia psicológica.

Según la demanda, la trabajadora comenzó sus tareas en octubre de 2021, aunque su registro formal ocurrió meses después, desempeñando funciones que incluían atención al público, descarga de mercadería pesada, limpieza y control de stock.

El conflicto se agravó cuando la empleada rechazó una propuesta de la empresa para reducir su jornada laboral, momento a partir del cual comenzaron episodios de hostigamiento y sanciones disciplinarias que derivaron en un tratamiento psicológico. Durante el proceso, el testimonio de una excompañera con una década de antigüedad fue fundamental, ya que describió un clima de presión constante, restricciones para alimentarse durante el turno y cuestionamientos permanentes al personal.

Otra testigo confirmó la prohibición de comer durante la jornada, lo que permitió a la Cámara reforzar la descripción del ambiente laboral tóxico denunciado.

Una pericia psicológica incorporada al expediente diagnosticó a la trabajadora con un trastorno de ansiedad generalizada con incapacidad permanente, cuadro que el tribunal consideró directamente vinculado al entorno de trabajo. A pesar de que la empresa argumentó que la empleada había fingido su estado de salud para abandonar el puesto, los jueces rechazaron estas afirmaciones por falta de pruebas y validaron los certificados médicos que motivaron sus licencias.

El fallo también subrayó que la pérdida de confianza no es motivo suficiente para un despido si no se sustenta en hechos objetivos y graves debidamente comprobados.

Finalmente, la sentencia reconoció que la relación laboral se inició antes de lo declarado formalmente, fijando una antigüedad de cuatro años para el cálculo de los rubros adeudados, como preaviso, vacaciones y sueldo anual complementario. Si bien el tribunal dio por probado el ambiente hostil y la afectación psíquica, rechazó el reclamo por despido discriminatorio al considerar que no encuadraba en los supuestos específicos de la ley.

El fallo de primera instancia aún no se encuentra firme, dado que las partes conservan la posibilidad de apelar la decisión ante instancias superiores.