2026-06-04

Viedma

Una mujer acudió a la justicia para pedir una autorización para viajar con su hija

El objetivo del viaje es visitar a su padre, abuelo de la menor, que se encuentra enfermo. El progenitor de la niña no brindó una autorización formal, aunque tampoco se opuso al ser consultado.

Una mujer residente en la ciudad de Viedma obtuvo autorización judicial para viajar junto a su hija menor de edad hacia Bolivia, con el objetivo de visitar al padre de la niña, quien atraviesa una enfermedad grave. La medida fue dictada por el Juzgado de Familia local, tras acreditarse que la madre no contaba con el consentimiento formal del progenitor para la salida del país.

Según consta en el expediente, la mujer ejerce de hecho el cuidado personal de su hija y sostuvo que el padre no mantiene contacto con ellas, desconociendo incluso su domicilio actual. Ante la imposibilidad de gestionar la autorización de salida por la vía administrativa, inició una acción judicial para obtener un permiso temporal que garantizara tanto el viaje como el posterior regreso de la niña a la Argentina.

Durante la tramitación del caso, el padre fue notificado mediante la aplicación WhatsApp, ante la falta de datos precisos sobre su paradero real. Si bien el hombre manifestó su conformidad con el viaje y adjuntó una fotografía de su documento de identidad actualizado, no se presentó formalmente en el proceso ni completó la documentación requerida por el tribunal.

La defensora de Menores e Incapaces, al tomar intervención, dictaminó que no existían objeciones para autorizar el desplazamiento. En su dictamen, sostuvo que impedir un viaje de carácter familiar y humanitario podría resultar restrictivo y potencialmente perjudicial para la esfera emocional de la niña. Asimismo, destacó que se había respetado el derecho de la menor a ser oída y que su opinión fue tenida en cuenta durante el proceso.

En una audiencia celebrada en el Juzgado de Familia, la niña manifestó conocer los motivos del viaje, la modalidad del traslado y las fechas previstas, prestando su conformidad para viajar con su madre. También describió su vida cotidiana en Viedma y confirmó la ausencia de contacto con su padre.

La resolución judicial recordó que el Código Civil y Comercial de la Nación exige el consentimiento de ambos progenitores para la salida del país de hijos e hijas con doble vínculo filial. No obstante, ante la falta de consentimiento o la imposibilidad de obtenerlo, corresponde al juzgado resolver de acuerdo con el interés superior del niño, niña o adolescente y las particularidades del caso concreto.

El tribunal ponderó especialmente la falta de oposición expresa del padre, la situación de salud del abuelo materno, el carácter temporario del viaje y el arraigo de la niña en Viedma, donde se encuentra su centro de vida, su escolaridad y su red de contención familiar y social.

Por tales fundamentos, la sentencia autorizó a la niña a salir del país acompañada por su madre, con la obligación de regresar a la Argentina dentro del plazo estipulado en el permiso otorgado.

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