2026-05-14

Hasta septiembre

Mantienen la prisión preventiva del acusado por el homicidio de Horacio Chávez en Villa Llanquín

La Justicia rechazó el pedido de la defensa de reemplazar la medida por arresto domiciliario o libertad con monitoreo electrónico. El imputado permanecerá detenido hasta septiembre; la fiscalía sostuvo que persiste el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación por la existencia de un testigo clave.

El hombre acusado de embestir con su vehículo a Horacio Aníbal Chávez hasta provocarle la muerte continuará en prisión preventiva hasta septiembre. Así lo resolvió el magistrado a cargo de la causa luego de rechazar la impugnación presentada por la defensa en una audiencia celebrada el miércoles 13 de mayo.

El hecho investigado ocurrió el 6 de enero de 2026 en Villa Llanquín. Según la acusación fiscal, el imputado habría arremetido con su auto contra Chávez en dos ocasiones dentro de un predio, causándole lesiones que derivaron en su fallecimiento. También se le atribuye haber amenazado con un arma blanca a efectivos policiales que intentaban identificarlo en el lugar.

En la audiencia, la defensa particular argumentó que no había elementos suficientes para sostener los riesgos procesales que justifican la detención y solicitó que se reemplazara la medida por una libertad monitoreada con GPS o, en su defecto, por prisión domiciliaria en Arroyo Chacay Huarruca, donde el acusado reside con su familia.

La fiscalía se opuso y pidió que se mantuviera la prisión preventiva tal como fue dispuesta, al entender que persisten tanto el peligro de fuga como el riesgo de que la investigación se vea entorpecida. En particular, subrayó la presencia de un testigo considerado clave en la causa, así como el comportamiento del imputado tras el hecho.

La querella adhirió al planteo fiscal y rechazó de plano la posibilidad de una prisión domiciliaria.

Al resolver, el juez consideró que el monitoreo electrónico no resultaba suficiente para neutralizar los riesgos señalados y valoró, además, la cercanía geográfica entre el domicilio propuesto y el lugar del hecho, la conducta atribuida al imputado con posterioridad al crimen y la expectativa de pena que corresponde al delito investigado. En consecuencia, rechazó la impugnación y mantuvo la medida cautelar en las mismas condiciones en que fue oportunamente ordenada.

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