Sentencia
Fijan cuota alimentaria de casi $2,5 millones para una niña en Bariloche
Una sentencia judicial dictada en San Carlos de Bariloche fijó una cuota alimentaria equivalente a siete Salario Mínimo Vital y Móvil para una niña de 8 años. Con los valores actuales, el monto ronda los 2,5 millones de pesos mensuales. Además, el fallo estableció que el padre deberá afrontar el 50% de los gastos extraordinarios relacionados con la crianza.
La demanda fue presentada por la madre en representación de la niña. En su planteo indicó que el padre reside en Buenos Aires y que el vínculo con su hija es esporádico, ya que se ven apenas una o dos veces al año. También explicó que las tareas de cuidado recaen exclusivamente sobre ella.
Según detalló en la presentación judicial, el progenitor abonaba de manera directa el colegio privado, el comedor escolar y algunas actividades extracurriculares. Además, hasta septiembre de 2023 realizaba depósitos mensuales que luego dejó de efectuar. La madre sostuvo que esos aportes resultaban insuficientes frente al conjunto de gastos que implica la crianza.
Por su parte, el padre respondió que no estaba en condiciones de afrontar el monto solicitado. Señaló que se dedica a la intermediación en la venta de caballos, con ingresos irregulares, y afirmó encontrarse desocupado. Durante una audiencia ofreció una suma menor junto con algunos pagos directos, pero no se alcanzó un acuerdo.
En el expediente se incorporaron informes sobre los gastos de la niña vinculados con educación, cobertura médica, actividades extracurriculares y tratamientos médicos. También se realizó una pericia social en el domicilio materno que describió condiciones habitacionales adecuadas y señaló que el hogar se sostiene principalmente con el salario de la madre.
Al analizar el caso, la sentencia remarcó que las tareas de cuidado tienen un valor económico que debe ser considerado al momento de fijar la cuota alimentaria. En este caso, se acreditó que esas responsabilidades recaen casi en su totalidad sobre la madre.
El fallo también señaló que el padre no registra impuestos activos ni declaraciones juradas ante Administración Federal de Ingresos Públicos. Sin embargo, en el expediente constan datos sobre la titularidad de un automóvil y viajes al exterior. En ese contexto, el juzgado sostuvo que, ante la existencia de ingresos informales, es el propio alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditarlos.
Con base en las necesidades de la niña y las circunstancias comprobadas durante el proceso, la Justicia resolvió hacer lugar a la demanda y fijó la cuota alimentaria en siete salarios mínimos vitales y móviles, además del pago compartido de los gastos extraordinarios. (ANB)