Rechazaron la demanda de Costa Brutten para frenar la regulación de Uber en Bariloche | ANBariloche
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"Falta de legitimación"

Rechazaron la demanda de Costa Brutten para frenar la regulación de Uber en Bariloche

La justicia contencioso administrativa desestimó la acción presentada por el concejal de Incluyendo Bariloche que buscaba declarar inconstitucional el esquema municipal que rige el funcionamiento de las plataformas de transporte de pasajeros.
12/06/2026 11:06 Hs.
Costa Brutten había argumentado que el Ejecutivo avanzó sobre atribuciones que corresponden exclusivamente al Concejo Municipal.
Costa Brutten había argumentado que el Ejecutivo avanzó sobre atribuciones que corresponden exclusivamente al Concejo Municipal.

El fuero contencioso administrativo rechazó la demanda que había presentado el concejal Leandro Costa Brutten, quien pretendía que la justicia declarara inconstitucional el conjunto de medidas dictadas por el Ejecutivo municipal para ordenar el funcionamiento de plataformas como Uber.

El juez no analizó si esas normas son válidas o si el intendente se excedió en sus facultades: descartó la acción por un motivo anterior y decisivo, la falta de legitimación del demandante.

Costa Brutten había argumentado que el Ejecutivo avanzó sobre atribuciones que corresponden exclusivamente al Concejo Municipal al regular una actividad cuyas reglas, según su planteo, debían surgir del ámbito legislativo. También señaló que las resoluciones cuestionadas vulneraban la división de poderes y contrariaban normas de distinto rango, entre ellas legislación nacional de tránsito y ordenanzas locales vinculadas al transporte y la seguridad vial.

Además, denunció un trato desigual entre quienes trabajan mediante plataformas digitales y los prestadores tradicionales —taxis, remises y transportes turísticos—, que deben cumplir requisitos y habilitaciones que, según el concejal, no se exigirían con el mismo rigor a los conductores de aplicaciones.

El juez, sin embargo, no ingresó en ninguno de esos argumentos. Antes de revisar la constitucionalidad de las normas, analizó si el concejal tenía derecho a promover esa acción y concluyó que no. Según el fallo, Costa Brutten no acreditó una afectación personal, concreta, directa e inmediata derivada de la aplicación de las resoluciones cuestionadas. En ese sentido, el magistrado recordó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que establece que el cargo de legislador no otorga por sí mismo legitimación para representar a los vecinos ante los tribunales ni para cuestionar normas por razones de interés general.

El fallo reconoció una excepción a esa regla: un edil puede acudir a la justicia cuando las medidas cuestionadas afectan de manera directa el ejercicio de sus funciones propias, lo que la jurisprudencia denomina "derecho de función". Pero el juez consideró que ese supuesto tampoco se verificó en este caso.

La demanda no explicó de qué manera las resoluciones impedían al concejal ejercer su banca, participar en sesiones, votar o presentar proyectos.

El resultado es que la regulación municipal de las plataformas de transporte sigue vigente y sin cuestionamiento judicial. Los interrogantes sobre si el Ejecutivo invadió competencias del Concejo, si el esquema normativo es suficiente o si genera un trato desigual entre conductores tradicionales y de aplicaciones quedan, por ahora, sin respuesta judicial. (ANB)