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Carta Orgánica

El Ejecutivo vetó la ordenanza que creaba la comisión para reformar la Carta Orgánica

El intendente firmó una resolución y devolvió la norma al Concejo Municipal. Los fundamentos apuntan a fallas en la integración de la comisión, ausencia de mecanismos de participación ciudadana y falta de previsión presupuestaria.
28/05/2026 15:52 Hs.
La resolucion destaca la desproporcionalidad en la representación de los distintos poderes municipales en la comisión. Foto: Marcelo Martínez.
La resolucion destaca la desproporcionalidad en la representación de los distintos poderes municipales en la comisión. Foto: Marcelo Martínez.

El intendente Walter Cortés vetó en forma total la Ordenanza Nº 3594-CM-26, sancionada por el Concejo Municipal, mediante la cual se creaba una comisión especial destinada a iniciar el proceso de reforma de la Carta Orgánica Municipal.

El documento señala que, si bien el Ejecutivo comparte el objetivo de fomentar la participación ciudadana que perseguía la ordenanza, un análisis jurídico, administrativo y operativo de su contenido reveló una serie de aspectos que hacían inviable su promulgación. El veto se ejerció en los términos del artículo 51º, inciso 3, de la Carta Orgánica Municipal, y la norma fue devuelta al Concejo para que tome los recaudos que estime corresponder.

Entre los argumentos centrales, la resolución indica que el artículo 1º de la ordenanza creaba un espacio de diálogo sin definir la modalidad concreta de implementación, sin establecer mecanismos de funcionamiento, criterios de convocatoria ni reglas mínimas de procedimiento.

Respecto a la integración de la comisión especial, el Ejecutivo consideró que el artículo 2º generaba una desproporción institucional al incluir a la totalidad del cuerpo del Concejo Municipal, solo dos representantes del Departamento Ejecutivo y asesores letrados de ambas partes, sin garantizar igualdad de participación entre los poderes municipales.

La resolución también cuestiona que la participación de representantes de la sociedad civil y de organizaciones quedara supeditada al criterio discrecional de una comisión cuya composición dependía mayoritariamente del Concejo, sin criterios objetivos de selección que aseguraran pluralidad y representación equitativa.

En materia presupuestaria, el Ejecutivo observó que el artículo 8º de la ordenanza afectaba una partida de gasto en un momento en que aún no había sido aprobada la Ordenanza Fiscal y Tarifaria para el ejercicio 2026, lo que impedía determinar la disponibilidad real de recursos.

La creación de obligaciones de ejecución inmediata sin previsión financiera cierta, señala el documento, afecta los principios de razonabilidad y equilibrio presupuestario que deben regir la administración pública municipal. (ANB)