Violencia de género
Condenaron a un año de prisión en suspenso a un joven que le dio un cabezazo a su pareja al intentar separarse
Un joven de Bariloche fue condenado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional tras admitir haber agredido físicamente a su pareja cuando esta le manifestó su intención de finalizar la relación sentimental. La sentencia fue resuelta por el juez de Juicio Marcos Burgos, quien homologó una propuesta de juicio abreviado presentada en forma conjunta por la fiscalía y la defensa pública penal.
El episodio investigado ocurrió el 16 de abril de 2026, en el lapso comprendido entre las 17:00 y las 18:20, en el interior de una vivienda. De acuerdo con la acusación vertida por el fiscal Marcos Sosa Lukman, en ese contexto el imputado le propinó un cabezazo en la nariz a la joven, ocasionándole un hematoma. La agresión se produjo en el marco de un vínculo de aproximadamente dos años de duración, atravesado de manera recurrente por situaciones de violencia verbal, psicológica y física. La causa penal se inició a partir de la denuncia efectuada por una persona del entorno cercano de la víctima, quien posteriormente compareció en la sede fiscal para ratificar de manera formal las circunstancias del ataque.
En el plano probatorio, el Ministerio Público Fiscal incorporó el certificado médico y la evaluación elaborada por el Cuerpo de Investigación Forense, informes que confirmaron la naturaleza leve de la lesión sufrida por la mujer y su plena compatibilidad con el golpe descripto. Paralelamente, se sumó un dictamen de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), el cual determinó la existencia de un contexto de violencia de género y calificó el nivel de riesgo como moderado. Para la formulación del acuerdo abreviado, la representación fiscal constató que tanto la víctima como su madre fueron escuchadas previamente y expresaron su conformidad con la salida alternativa. Asimismo, se valoró como elemento atenuante la ausencia de antecedentes penales computables del acusado.
Por su parte, la defensora pública penal Blanca Alderete prestó su aquiescencia procesal tras analizar el material probatorio y garantizar que el imputado fuera debidamente informado sobre su derecho a someterse a un juicio oral y público, así as como acerca de los alcances de la condena. Al formalizar el trámite, el acusado admitió expresamente su responsabilidad penal por el delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género.
Al homologar el convenio, el tribunal le impuso al condenado la obligación de cumplir una serie de reglas de conducta por el término de dos años. Durante dicho periodo, el joven deberá fijar y mantener un domicilio, informar eventuales ausencias o viajes que superen los treinta días y presentarse en forma bimestral ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados.
Adicionalmente, tendrá que realizar un curso sobre nuevas masculinidades o capacitación afín, abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia hacia la víctima, no cometer nuevos delitos, no consumir sustancias estupefacientes y evitar el abuso de bebidas alcohólicas. Durante la audiencia se le advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas pautas podrá motivar la revocación de la condicionalidad y disponer el cumplimiento efectivo de la pena en prisión, al tiempo que se notificó a la víctima sobre su derecho a intervenir en la fase de ejecución de la sentencia.