2026-09-07

Crimen de Villa Llanquín

El acusado de atropellar a Chávez enfrentará un juicio por homicidio simple

La Fiscalía sostuvo que el acusado avanzó de manera intencional y reiterada con su camioneta sobre la víctima, mientras que la Justicia dictó su sobreseimiento parcial por el cargo de resistencia a la autoridad y extendió la prisión preventiva.

La Fiscalía modificó formalmente la descripción de los cargos contra el hombre acusado de provocar la muerte de Horacio Aníbal Chávez, en un hecho ocurrido el pasado 6 de enero de 2026 en la localidad de Villa Llanquín. Según expuso el fiscal del caso, Gerardo Miranda, el imputado habría abordado una camioneta estacionada dentro de la propiedad de la víctima para luego realizar una maniobra de retroceso y avanzar de forma súbita e intencional contra Chávez, quien se encontraba de pie frente al vehículo.

La acusación detalló que, tras el impacto inicial, la víctima cayó debajo del rodado y fue arrastrada un trayecto corto. Posteriormente, el conductor le habría pasado por encima, retrocedió nuevamente y volvió a atropellarlo antes de darse a la fuga. La autopsia determinó que Chávez falleció a causa de un aplastamiento torácico con compromiso de órganos internos. Ante estos elementos, el Ministerio Público Fiscal encuadró el caso bajo la calificación provisoria de homicidio simple en calidad de autor, señalando que probar la intencionalidad de la conducta será el eje central del debate durante el juicio.

Para respaldar la reformulación, la parte acusadora presentó actas de procedimiento, testimonios, registros policiales, la autopsia, la inspección del vehículo y los resultados de pericias accidentológicas, psiquiátricas y de reconstrucción de la secuencia. Asimismo, se hizo constar que el examen de alcoholemia realizado al imputado tras ser detenido varias horas después del hecho arrojó un resultado positivo. Por su parte, la querella que representa a los hijos menores de edad de la víctima acompañó la acusación por homicidio simple y adhirió al pedido de sostener la medida cautelar.

En contraposición, la defensa manifestó contar con una teoría del caso diferente basada en la declaración de quien identificó como la única testigo presencial. La defensa alegó la existencia de un conflicto previo entre los involucrados, rechazó que el acusado tuviera un plan para ocultar pruebas y solicitó que la pertinencia de la prisión preventiva sea evaluada en la etapa siguiente del proceso.

Finalmente, el juez de Garantías Víctor Gangarrossa validó la nueva formulación de cargos al considerar que describe con precisión las circunstancias de tiempo, modo y lugar. En la misma resolución, el magistrado dictó el sobreseimiento parcial del imputado por el delito de resistencia a la autoridad, luego de que la Fiscalía retirara ese cargo al confirmar mediante testimonios policiales que el hombre se entregó pacíficamente. La prisión preventiva continuará vigente hasta la realización de la audiencia de control de acusación.

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