2026-05-15

Excluye limpiavidrios

El Concejo aprobó una ordenanza para regular el arte callejero

El Concejo Municipal aprobó la ordenanza 569/26, que crea un marco legal para malabaristas, músicos, estatuas vivientes y otros artistas urbanos, con zonas habilitadas y credenciales obligatorias. Los limpiavidrios quedaron fuera del texto final.

Finalmente, el Concejo Municipal aprobó la ordenanza 569/26, impulsada por la concejal Roxana Ferreyra del bloque Nos Une, que establece por primera vez un marco normativo para la actividad artística en la vía pública. La norma llega como respuesta a la Resolución 772-I-2026, firmada en marzo por el intendente Walter Cortés, que había generado malestar entre artistas y trabajadores callejeros, quienes se veían impedidos de realizar su actividad.

La ordenanza contempla un Registro Municipal de Actividades en Vía Pública, donde los interesados deberán inscribirse presentando nombre, domicilio con al menos dos años de residencia en la ciudad y una descripción de su actividad. A cambio, recibirán una credencial personal e intransferible con fotografía, actividad autorizada y plazo de vigencia, que deberán portar en todo momento durante el ejercicio de su trabajo.

La norma alcanza a malabaristas, equilibristas, estatuas vivientes, músicos, mimos, payasos, titiriteros y artistas plásticos que trabajen en espacios públicos. La autoridad de aplicación será la encargada de definir los puntos habilitados en plazas, paseos, veredas y calzadas con semáforos, siempre que no se obstruya el acceso a locales o la visibilidad de señales de tránsito. Quedan expresamente prohibidas las actividades en rotondas, accesos a rutas nacionales o provinciales y paradas de transporte público.

En sus fundamentos, el proyecto reconoce el arte callejero como parte de la identidad y el atractivo turístico de Bariloche, y señala que el contexto económico nacional empujó a muchos sectores hacia la informalidad como estrategia de supervivencia. Desde esa perspectiva, la ordenanza propone que el Estado municipal responda con herramientas de ordenamiento y no con prohibiciones.

El régimen de sanciones prevé apercibimientos, suspensiones temporales del permiso y la baja definitiva del registro en casos de reincidencia o faltas graves como agresiones u obstrucción deliberada del tránsito. Entre las obligaciones cotidianas se incluyen mantener limpio el sector asignado y no utilizar amplificadores que superen los decibeles permitidos por la normativa de ruidos molestos.

El punto más polémico del debate fue la inclusión de los limpiavidrios. El artículo que los contemplaba dentro del mismo esquema regulatorio fue rechazado en la votación particular, por lo que quedó fuera del texto final aprobado.

La nueva ordenanza cierra así un conflicto que venía escalando entre los trabajadores de la vía pública y el Ejecutivo municipal, y establece las reglas de convivencia entre el espacio urbano, la seguridad vial y las expresiones culturales de la ciudad. (ANB)

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