2026-04-19

Villa Regina

Le dijo a la Justicia que ganaba poco, pero sus movimientos bancarios lo expusieron: deberá pagar el 45% de sus ingresos

El fallo de Familia se dictó en Villa Regina y fijó una cuota elevada tras detectar ingresos no declarados. La madre sostiene sola la crianza.

Un fallo del fuero de Familia de Villa Regina determinó que un hombre deberá destinar el 45% de sus ingresos al pago de la cuota alimentaria de su hija, luego de que se comprobara que su situación económica era más holgada de lo que había declarado ante la Justicia.

La resolución se dictó en el marco de una causa iniciada a partir del reclamo de la madre de la niña, quien afronta en soledad la mayor parte de los gastos cotidianos. La investigación judicial incluyó un análisis detallado de los movimientos bancarios del padre, lo que permitió detectar ingresos y egresos que no estaban formalmente registrados.

Según consta en el expediente, el hombre se desempeña en el sector petrolero y realizaba aportes económicos irregulares, de bajo monto y sin una periodicidad estable. Esta conducta fue uno de los elementos que motivó la intervención judicial para establecer un esquema más equitativo y acorde a sus reales posibilidades.

El hombre no participa en la vida de la niña.

 

Ingresos ocultos y capacidad económica

Durante el proceso, la Justicia accedió a registros bancarios que evidenciaron ingresos mensuales variables, además de pagos adicionales que no habían sido informados. Aunque el demandado no cuenta con bienes a su nombre, el análisis de sus cuentas resultó determinante para concluir que su capacidad económica era superior a la que había manifestado.

Ese contraste entre lo declarado y lo efectivamente percibido fue clave para fijar un porcentaje elevado de cuota alimentaria, que además contempla la variabilidad de sus ingresos.

 

Una madre con recursos limitados

Por su parte, la madre de la niña atraviesa una situación económica compleja. De acuerdo con los informes incorporados a la causa, trabaja con limitaciones derivadas de problemas de salud, luego de haber sido sometida a una intervención quirúrgica de importancia.

Los relevamientos sociales confirmaron que es ella quien asume de manera exclusiva las tareas de cuidado, educación y manutención de la menor, lo que incrementa su carga diaria y condiciona sus posibilidades laborales.

El nuevo porcentaje contemple el tiempo que el padre ocultó sus ingresos y los gastos afrontados por la madre.

 

Incumplimientos y antecedentes

El fallo también ponderó la conducta del padre a lo largo del tiempo. Se señaló que su participación en la vida de la niña es prácticamente inexistente y que no ha cumplido de manera regular con sus obligaciones alimentarias.

Además, se tuvieron en cuenta antecedentes de violencia de género, que derivaron en medidas judiciales previas y en una condena penal por amenazas y desobediencia. Estos elementos fueron considerados al momento de evaluar su compromiso como progenitor.

 

El criterio del juzgado

Al dictar la sentencia, el juzgado remarcó que la obligación alimentaria corresponde a ambos padres, pero destacó que el cuidado cotidiano que ejerce la madre tiene un valor económico que debe ser reconocido.

En esa línea, se estableció que la cuota debía ser suficiente no solo para cubrir las necesidades actuales de la niña, sino también para ajustarse a las fluctuaciones de ingresos del padre, garantizando así mayor estabilidad.

La decisión se apoyó en el principio del interés superior del niño, priorizando el bienestar de la menor y asegurando que cuente con los recursos necesarios para su desarrollo.

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