2026-03-12

Formulación de cargos

Imputaron a un preso por provocar un incendio en la comisaría 28

El hecho ocurrió el 30 de junio de 2025 y habría sido cometido junto a otro detenido, que será acusado en una audiencia posterior.

Un hombre fue imputado por provocar un incendio en el sector de calabozos de la Comisaría 28, ubicada en la intersección de las calles Otto Goedecke y La Paz. Según la acusación fiscal, el episodio tuvo lugar entre las 10:30 y las 11 horas del 30 de junio de 2025, en el marco de un incidente verbal entre otro detenido y un efectivo policial.

De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, el imputado y un segundo interno que se encontraba en el calabozo contiguo prendieron fuego a una frazada utilizando un encendedor que tenían en su poder. Ambos habrían actuado de manera coordinada con la intención de obstaculizar el accionar policial. Las llamas se propagaron dentro del sector, causaron daños en la estructura del calabozo y generaron humo que afectó a quienes se encontraban en el lugar.

El hecho fue calificado provisoriamente como daño agravado con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad, en carácter de autor, conforme a los artículos 45 y 184 inciso 1 del Código Penal. Como respaldo de la imputación, la Fiscalía presentó el acta de procedimiento policial, un acta de inspección ocular, material fotográfico, certificaciones médicas, declaraciones testimoniales del personal policial y un informe técnico elaborado por la División de Investigación de Incendios de la Policía Federal Argentina.

La defensa particular se opuso a la formulación de cargos, argumentando que el Ministerio Público enumeró los elementos de prueba sin explicar qué surge de cada uno de ellos y que, a su criterio, no existía sustento probatorio suficiente para atribuirle el hecho al acusado. Sin embargo, el juez de Garantías rechazó el planteo. Explicó que la Fiscalía describió el hecho con precisión, indicando cuándo ocurrió, dónde y de qué manera,  lo que permite al imputado conocer la acusación y ejercer su defensa. El análisis más detallado de la evidencia, aclaró el magistrado, corresponde a etapas posteriores del proceso.

En consecuencia, se tuvieron por formulados los cargos y se fijó un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria. El segundo imputado no fue acusado en esta instancia porque no se conectó de manera virtual a la audiencia, según estaba previsto. (ANB)

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