2026-03-09

Viedma

Anulan contratos de planes de ahorro tras una denuncia por engaño en la compra de una camioneta

Un vecino demandó a una concesionaria luego de intentar adquirir un vehículo a través de un plan de ahorro ofrecido por redes sociales. La Justicia declaró la nulidad de los contratos, ordenó devolver el dinero pagado y dispuso dar intervención a la fiscalía para analizar un posible delito de estafa.

Un vecino de Viedma inició una demanda judicial luego de intentar comprar una camioneta a través de un plan de ahorro que encontró en redes sociales. La situación comenzó en 2021, en plena pandemia, cuando muchas concesionarias permanecían cerradas al público y las operaciones se realizaban principalmente de manera virtual.

Según consta en el expediente, mientras navegaba por internet vio una publicidad de una concesionaria que ofrecía financiación para vehículos cero kilómetro. Tras completar un formulario en línea, días después fue contactado por un asesor comercial que le explicó distintas alternativas para acceder a una camioneta mediante un plan de ahorro.

De acuerdo con el relato que luego llegó a la Justicia, la propuesta incluía beneficios y la posibilidad de recibir el vehículo luego de pagar algunas cuotas. Convencido por esas condiciones, el hombre aceptó la oferta y comenzó a realizar los primeros pagos con tarjeta de crédito.

Con el correr de los meses surgieron las primeras dudas. Las cuotas que aparecían en los resúmenes de la tarjeta resultaban más altas que las informadas inicialmente y el cliente tampoco recibió el contrato ni datos precisos sobre el grupo y el orden del plan al que había sido incorporado.

Tiempo después, el mismo vendedor volvió a comunicarse con una nueva propuesta. Según le indicó, existía una alternativa “mejor”: cambiar el plan y acceder a otro modelo con entrega inmediata. Para concretarlo debía dejar de pagar el plan anterior y abrir uno nuevo a nombre de su esposa.

La pareja siguió esas indicaciones y realizó nuevos pagos vinculados al supuesto cambio de modelo, gastos administrativos y trámites de patentamiento. Sin embargo, la entrega del vehículo nunca se concretó y tampoco obtuvieron respuestas claras sobre el estado de la operación.

Meses más tarde, el propio vendedor volvió a comunicarse y, según consta en la causa, les dijo que había sido obligado a engañar a los clientes. De acuerdo con el relato incorporado al expediente, manifestó que había sido “forzado por la empresa a mentir con el fin de vender”.

Ante esa situación, comenzaron nuevas gestiones para intentar recuperar el dinero. En ese contexto también aparecieron cargos en la tarjeta de crédito vinculados a supuestos trámites para cerrar anticipadamente el plan y gestionar la devolución de los fondos.

Frente a la falta de respuestas, el vecino decidió desconocer los consumos y bloquear la tarjeta. Posteriormente presentó reclamos ante el organismo de defensa del consumidor, envió cartas documento y participó en una instancia de mediación, sin obtener respuesta de las empresas involucradas.

El caso llegó finalmente al fuero civil de Viedma. En su análisis, la jueza evaluó la forma en que se ofrecieron los planes de ahorro y el modo en que se desarrolló la relación de consumo.

En la sentencia señaló que la concesionaria, a través de su vendedor, realizó “ofertas confusas y engañosas” y solicitó pagos que no correspondían. También indicó que durante la contratación no se brindó información clara ni detallada sobre las condiciones del plan.

La magistrada remarcó que las empresas que participan en este tipo de operaciones tienen una responsabilidad especial frente a los consumidores. En ese sentido sostuvo que “las firmas demandadas se encuentran altamente profesionalizadas y organizadas para cumplir sus cometidos en el mercado”, por lo que deben actuar con mayor diligencia.

El fallo también concluyó que no se cumplió con el deber legal de información. Según se indicó, no se acreditó que los consumidores hubieran recibido datos claros sobre las características del plan, sus costos o las condiciones reales de contratación.

Además, la documentación aportada en la causa reveló irregularidades. Incluso una pericia caligráfica determinó que una de las firmas que aparecía en un formulario de adhesión no correspondía al consumidor.

Ante estas situaciones, la jueza consideró que se vulneraron derechos básicos del consumidor. Por ese motivo declaró la nulidad de los contratos vinculados a los planes de ahorro y ordenó la devolución del dinero abonado, además de fijar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.

Finalmente, la sentencia dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal para que analice la posible comisión del delito penal de estafa. (ANB)

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