Viedma
La Justicia reconoció como madre a quien la crió desde bebé: una historia de amor que se convirtió en derecho
Lo que comenzó como una historia atravesada por una crisis de pareja terminó consolidándose, años después, como un vínculo que la Justicia reconoció formalmente.
Una pareja de Viedma, con varios años de matrimonio, atravesó un período de distanciamiento durante el cual el hombre mantuvo una relación con otra mujer, de la que nació una niña. Con el tiempo, la pareja decidió recomponer la convivencia y, desde el nacimiento de la beba, ambos asumieron su cuidado y crianza.
La madre biológica manifestó desde el inicio su decisión de no ejercer funciones maternas. Así, la niña creció en el hogar de su padre y de quien, con el correr de los años, sería la mujer a la que siempre llamó “mamá”.
Hoy, con 26 años, la joven promovió junto a ella una acción de adopción integrativa con carácter pleno para que su identidad registral reflejara la realidad familiar que vivió desde siempre.
Durante el proceso judicial, ambas relataron que el vínculo no se limitó a una relación afectiva, sino que implicó el ejercicio constante y cotidiano de funciones maternas. Las decisiones académicas, sanitarias y personales fueron tomadas en conjunto y el entorno social —familia extensa, amistades y comunidad— las reconoció como madre e hija.
Incluso tras el divorcio del padre y su entonces esposa, en 2015, la residencia de la adolescente se mantuvo en el hogar familiar con la mujer que la había criado. El padre declaró ante la Justicia que su hija quedó bajo su cuidado y el de su pareja desde el inicio, y que ella asumió de manera exclusiva las tareas de crianza.
La jueza de familia analizó la figura de la adopción integrativa prevista en los artículos 630 y siguientes del Código Civil y Comercial, cuya finalidad es reconocer un vínculo filial preexistente dentro de una familia ensamblada. También evaluó la posibilidad excepcional de adopción de personas mayores de edad cuando existió posesión de estado de hija durante la minoridad.
En la sentencia, la magistrada consideró acreditado el “estado de hija”, es decir, la existencia sostenida en el tiempo de un vínculo materno-filial real y público. En consecuencia, otorgó la adopción integrativa con carácter pleno, dispuso el desplazamiento de la filiación materna de origen y ordenó la correspondiente inscripción en el Registro Civil.
Así, lo que durante 26 años fue un lazo construido en la vida cotidiana, en la crianza y en el amor, quedó finalmente reconocido también en los papeles. (ANB)