2025-09-12

Demanda

Crió a sus hijas y relegó su carrera: un fallo reconoció el desequilibrio económico

Mientras la mujer se dedicó a su hogar, su pareja pudo crecer económicamente, pero al separarse, ella se quedó sin nada. Un fallo ordenó una compensación superior a los 100 millones de pesos.

La justicia reconoció el desequilibrio económico en el caso de una mujer que se dedicó a criar a sus hijas y a las tareas del hogar por más de doce años, para que su marido se dedicara a su actividad comercial. Cuando se separaron, ella quedó sin nada y a cargo de las menores. 

La mujer se dedicó de lleno a la crianza de las niñas y a los quehaceres de su casa, permitiéndole así al hombre, desarrollar con éxito un emprendimiento comercial que hoy emplea a varias personas.

Cuando se separaron, ella quedó con las hijas, sin vivienda, sin patrimonio y con su carrera profesional relegada. Un fallo de Bariloche resolvió que ese desequilibrio debía ser compensado económicamente.

Una jueza de Familia admitió el reclamo de una mujer que, al momento de iniciar su demanda, no contaba con bienes propios ni con ingresos suficientes para sostenerse, pese a haber acompañado y contribuido al crecimiento económico de su expareja durante la convivencia.

La magistrada ordenó el pago de una compensación económica ajustada a la inflación, por un monto actualizado superior a los 100 millones de pesos, y fundamentó su decisión en la perspectiva de género como eje central del análisis.

Durante el proceso, los testimonios aportados permitieron comprobar que la mujer asumió todas las tareas de crianza, montó un pequeño emprendimiento con amigas que luego tuvo que cerrar por la carga doméstica. Tras la separación, quedó fuera de la vivienda familiar y sin posibilidad de llevarse bienes materiales, mientras el padre permanecía con el total del equipamiento del hogar y los vehículos adquiridos durante la convivencia.

La jueza sostuvo que, a pesar de que no existió un acuerdo expreso sobre cómo repartir las responsabilidades del hogar, la relación se organizó sobre un esquema tradicional que reproduce estereotipos de género. Esa estructura permitió que uno creciera y consolidara un proyecto comercial, mientras la otra postergaba su desarrollo laboral, profesional y personal para mantener en pie el proyecto familiar.

Entre los elementos valorados por la magistrada figuraron: el tiempo dedicado al cuidado de las hijas, el abandono forzado de oportunidades laborales, la colaboración en la actividad económica del otro conviviente, la pérdida de acceso a la vivienda y la persistencia de la asimetría económica después de la ruptura.

También se tuvo en cuenta la edad de la mujer y su situación actual: madre de dos niñas, alquila una vivienda en otra ciudad con ingresos docentes limitados y sin patrimonio propio. El hombre no se presentó a responder la demanda y fue declarado en rebeldía.

El fallo evitó reducir la compensación a una indemnización o a una extensión de la cuota alimentaria. En cambio, argumentó que se trata de un derecho autónomo cuyo objetivo es corregir la brecha económica provocada por la desigualdad estructural dentro de la relación. No se trata de igualar patrimonios ni de mantener el mismo nivel de vida, sino de restituir condiciones que permitan a la parte más perjudicada recuperar cierta autonomía económica.

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