2025-09-02

Fallo

Un colegio privado condenado por hostigamiento y acoso laboral

La Justicia ordenó una indemnización para la trabajadora que fue víctima de distintos episodios dentro de la fundación educativa.

Una mujer que se desempeñó por más de ocho años en el colegio Woodville en distintos sectores del establecimiento, denunció despido injustificado, hostigamiento y acoso laboral. Tras recurrir a la Justicia, se consideraron probados los hechos y hubo una condena y una orden de indemnización. 

Durante el proceso, se señaló que en 2021 la denunciante notó un cambio en la actitud de uno de los encargados del establecimiento y desde allí, se sucedieron distintas situaciones que incomodaron y le afectaron emocionalmente. 

La trabajadora aseguró que comentó la situación con su entorno laboral, a la espera de que cambie la actitud de la persona indicada, pero esto no ocurrió. La mujer solicitó formalmente que la institución intervenga en la problemática, para garantizar un ambiente laboral acorde, pero no hubo respuestas, por lo que inició retención de tareas.

Por su parte, desde el establecimiento atribuyeron la desvinculación laboral a una decisión voluntaria de la mujer, e incluso manifestaron que “habría abandonado su puesto sin preaviso ni explicación formal”.

Como parte del proceso, se realizaron pericias a la mujer, que arrojaron como resultado un “padecimiento emocional de tipo neurótico, compatible con la exposición sostenida a situaciones de estrés psicosocial y malestar subjetivo”. 

El dictamen de la especialista encargada de la pericia indicó que la trabajadora presentaba signos compatibles con una “reacción vivencial anormal neurótica de grado II” y se descartaron, además, que haya indicadores de simulación en el relato de la mujer. 

El Tribunal también consideró probado el daño moral contra la trabajadora, en el sentido de que la institución no dio crédito a su padecimiento y malestar dentro del ámbito laboral, y por ende, no tomó carta alguna en el asunto. 

Por todo esto, el Tribunal finalmente hizo lugar en forma parcial a la demanda presentada por la mujer y ordenó el pago de una indemnización que contemple vacaciones, proporcional de aguinaldo, antigüedad y otros ítems, además de lo contemplado por daño moral.

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