Fallo
La Justicia avaló el despido de un viajante que vendía para dos empresas del mismo rubro
La Cámara Laboral de Bariloche rechazó la demanda de un viajante de comercio que operaba en la Patagonia, luego de que su empleadora lo despidiera por pérdida de confianza. La firma lo acusó de incurrir en “concurrencia desleal”, al comprobar que ofrecía productos similares para otra empresa del mismo rubro, utilizando circuitos comerciales y una cartera de clientes que se superponían.
El vínculo laboral había comenzado en octubre de 2016 y finalizó años después, cuando la empresa formalizó el despido mediante acta notarial. En la comunicación se señaló que el trabajador también comercializaba artículos de ferretería por su cuenta, sin autorización.
En su defensa, el empleado aseguró que era un viajante no exclusivo y que esa condición le permitía trabajar para otras marcas. Afirmó que cobraba comisiones del 10% por ventas y del 3,33% por cobranzas, aunque parte de esos ingresos no estaban reflejados en sus recibos oficiales.
La causa incluyó documentación extraída de otro expediente iniciado por el propio trabajador en la justicia laboral de CABA. En ese juicio, él mismo reconoció haber representado a otra empresa del mismo rubro, con funciones idénticas y en las mismas zonas geográficas. Los comercios mencionados coincidían en gran parte con los relevados en el expediente de Bariloche.
El tribunal consideró probado que el viajante actuaba en competencia directa y sin autorización expresa, lo que vulnera la normativa vigente en este tipo de relaciones comerciales. Por eso, entendió que la pérdida de confianza alegada por la empresa estaba justificada y avaló el despido.
La demanda fue rechazada casi en su totalidad. Solo se reconoció una diferencia menor en el pago de comisiones, pero muy por debajo de los porcentajes que reclamaba el trabajador. Una pericia contable, basada en los libros oficiales de la firma, determinó que el esquema real de comisiones era del 1,40% por ventas y del 0,60% por cobranzas.
Además, la empresa presentó una reconvención para que el trabajador rinda cuentas por los cobros realizados en su nombre. La cámara hizo lugar a ese planteo y ordenó que entregue un detalle completo de las operaciones efectuadas. La eventual existencia de una deuda o saldo a su favor se definirá en una etapa posterior del proceso. (ANB)