2025-06-06

Acoso callejero

Un hombre fue sancionado tras gritarle frases sexuales a tres hermanas

La víctima denunció los hechos ante el Juzgado de Paz, que aplicó la Ley 5592 de Protección contra la Violencia de Género y Acoso Callejero. Aunque la sanción fue leve, la jueza subrayó la gravedad del caso.

Un nuevo caso de acoso callejero fue denunciado en una ciudad rionegrina, cuando tres hermanas, dos de ellas menores de edad, tomaban mate en una plaza y desde una camioneta Toyota Hilux se escucharon gritos de fuerte connotación sexual. “Mi amor, estás relinda, te voy a partir”, fue una de las frases dirigidas hacia ellas desde el vehículo.

La hermana mayor de edad realizó la denuncia y pudo identificar al conductor del rodado, lo que permitió avanzar con el caso en el ámbito judicial. La causa fue derivada al Juzgado de Paz de la localidad y se encuadró bajo la Ley Provincial N.º 5592, que protege contra situaciones de violencia de género y acoso en espacios públicos.

La norma establece que es punible quien incurra en conductas físicas o verbales de connotación sexual en lugares públicos, siempre que afecten la dignidad o los derechos fundamentales de la persona, generando intimidación, hostilidad o humillación.

Durante su defensa, el conductor de la camioneta negó haber pronunciado los dichos, y afirmó que fueron otros ocupantes del vehículo quienes gritaron, aunque aseguró no conocer sus nombres porque eran peones que trabajaban con él en el campo.

Sin embargo, la jueza de Paz no le creyó. Sostuvo que, al tratarse de un vehículo particular y no un transporte público o utilitario, el hombre debía saber a quién trasladaba, más aún tratándose de personas contratadas por él mismo. En consecuencia, se lo consideró responsable por el acoso cometido.

La jueza aplicó la sanción prevista por la Ley 5592: una amonestación, es decir, una exhortación formal para advertirle sobre la gravedad de su conducta. Aun así, reconoció que la sanción resultaba insuficiente frente a la gravedad y el reproche social que merecen este tipo de hechos. "Solamente puedo dictaminar con los alcances y limitaciones del código contravencional", explicó en la resolución.

Además, se dispuso que el acusado sea informado sobre un procedimiento de capacitación en temas de violencia de género y acoso, y se le impuso una prohibición de acercamiento a la denunciante y de contacto por cualquier medio.

La resolución fue notificada a la Policía, para garantizar el cumplimiento de las medidas. (ANB)

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