2025-05-22

Pedido

Pagaba la cuota alimentaria a sus hijos de 23 y 30 años y pidió el cese

La obligación del pago de la cuota rige hasta la mayoría de edad, salvo que se demuestre que estudian, situación que no ocurría.

Un hombre que pagaba la cuota alimentaria a sus hijos de 23 y 30 años, recurrió a la justicia para solicitar el cese, ya que no había registro de que estudiaran o participaran de alguna formación.

La obligación alimentaria de los progenitores respecto de sus hijos cesa cuando estos cumplen 21 años, salvo que se demuestre que estudios en curso o que no pueden sostenerse por sus propios medios.

Debido a que ninguno de los hijos cursaba estudios universitarios o terciarios, el hombre inició el trámite en el fuero de Familia de Bariloche y solicitó a la magistrada que se deje sin efecto la retención de alimentos dispuesta años atrás en el marco de un convenio homologado y que se informe de esa decisión a su empleadora.

La jueza interviniente en el proceso aceptó el pedido y ordenó librar oficio a la empleadora del progenitor para que suspenda las retenciones  sobre su salario. La decisión tuvo efecto sobre ambos hijos, tanto el de 30 años como el de 23, ya que ninguno acreditó estar cursando estudios ni en vías de profesionalización.

La jueza también dejó constancia de que, si alguno de los hijos desea solicitar alimentos en función de una situación actual de necesidad, podrá hacerlo por la vía correspondiente, a través de un nuevo reclamo 

Te puede interesar