2025-05-20

Fallo

Tenía licencia por problemas de salud mental y no le pagaron: deberán indemnizarlo

El hombre se desempeñaba como empleado de una empresa de seguridad que dejó de pagar el salario cuando sufrió problemas de salud mental.

Un hombre se desempeñaba desde hace años en una empresa de seguridad, pero en 2022, cuando sufrió problemas de salud mental y debió tomarse licencia por orden médica, la firma dejó de pagarle. Ahora, la Justicia ordenó que se lo indemnice. 

El hombre prestaba servicios desde 2016 en la empresa Security SRL y cumplía tareas de vigilancia en una estación transformadora. A veces sus jornadas eran de hasta 16 horas. En 2022, comenzó a tener problemas para dormir y momentos de mucha angustia, por lo que consultó con un psiquiatra que le ordenó reposo absoluto. 

Durante el primer mes en el que estuvo bajo licencia médica, el hombre no cobró el sueldo. Tampoco cobró el siguiente mes. Supuso que era una demora, y llamó a la empresa, envió mensajes, presentó certificados médicos, pero no obtuvo respuesta.

Con el tiempo llegó una promesa de regularización, pero el pago nunca se concretó. Ante el silencio, envió telegramas e incluso se presentó a una instancia de conciliación. La empresa no ofreció una respuesta clara. No existía un canal formal para entregar certificados, ni una oficina en la zona que los recibiera. Las nuevas instrucciones para justificar las ausencias llegaron después, cuando el vínculo ya estaba roto.

Cuando pasaron más de seis meses sin cobrar, sin obra social y sin respuestas por parte de la empresa, el hombre se consideró despedido. 

La empresa había comenzado a exigir que la documentación se enviara por correo electrónico o se entregara en mano, pero no había establecido ese procedimiento de forma previa. Tampoco ofreció alternativas accesibles mientras el trabajador estaba enfermo.

El Tribunal consideró que el empleador incumplió en una obligación básica, que es pagar los salarios. También consideraron que no ofreció un canal adecuado para recibir la documentación médica, lo que agravó la situación. En ese contexto, concluyeron que el despido indirecto estaba justificado.

El fallo ordenó el pago de todas las indemnizaciones previstas por ley, los sueldos adeudados, un bono extraordinario que había quedado pendiente y las multas correspondientes por no haber entregado la documentación final ni respondido los reclamos.

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