2024-09-16

INAI

Dejan sin efecto el reconocimiento territorial de la comunidad Buenuleo

El presidente del INAI anuló las resoluciones que había firmado Magdalena Odarda tiempo atrás.

Una decisión del nuevo presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Claudio Avruj, deja sin efecto las resoluciones firmadas por su predecesora Magdalena Odarda, en las que se dejaba asentado el reconocimiento territorial de la comunidad Buenuelo.

La medida firmada por el presidente de la institución el pasado jueves 12, aunque este lunes fue publicada en el boletín oficial.

En la resolución, se deja asentado el largo camino contencioso que existe entre la comunidad y Emilio Friedrich por las hectáreas en la zona sur de la ciudad y se anulan dos resoluciones previas. Una referida al reconocimiento territorial de la comunidad Buenuleo y otra en la que se rechazaron planteos encabezados por el privado, en reclamo por las hectáreas afectadas.

La familia Buenuleo, históricos pobladores de la zona sur de la ciudad, cuyo sector incluso lleva su nombre (Pampa de Buenulueo) llevan adelante un reclamo de recuperación territorial desde hace largos años.

El conflicto comenzó en 2019 cuando integrantes de la comunidad Buenuleo se asentaron en el lugar que habría adquirido Friedrich años atrás a Antonio Buenuleo. Esto llevó a una denuncia por usurpación, no sin antes, enfrentamientos entre la familia Buenuleo y hombres que serían trabajadores del privado. 

En ese entonces, el juez Sergio Pichetto ordenó el desalojo de la comunidad que se asentó en las tierras al pie del cerro Ventana, aunque esto fue apelado por los abogados. En 2022, cuando el abogado de Friedrich volvió a pedir el desalojo, el mismo juez rechazó el planteo. 

En septiembre de 2020, cuando Magdalena Odarda se encontraba frente al INAI, se emitió una resolución en la que se reconocía a la comunidad Buenuleo derechos ancestrales sobre 481 hectáreas, incluidas las 90 que reclamaba Friedrich. 

En diciembre de 2021, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la nulidad de esta resolución firmada por Odarda, a lo que el INAI presentó un recurso extraordinario y así fue como elevó un recurso de queja a la Corte Suprema. 

El 10 de febrero de 2023, la Corte Suprema rechazó la resolución, ya que “la queja ha sido interpuesta extemporáneamente”, según indican en el fallo. 

En mayo de este año, el Tribunal de Bariloche dio lugar al pedido de la Fiscalía y cinco integrantes de la comunidad por el delito de usurpación. Además, ordenó el desalojo que todavía no se concretó.

En la decisión de Arvuj, se hizo referencia a la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia en relación a la comunidad Millalonco Ranquehue, en la que dejaron asentada “la falta de intervención de la Provincia de Rio Negro en los procedimientos en los cuales tramitaron los Relevamientos de las Comunidades Indígenas”.

Por esto, y por considerar necesaria la participación de Friedrich en el proceso, es que se dejaron sin efecto las dos resoluciones anteriores. ANB se comunicó con integrantes de la comunidad Buenuleo quienes indicaron que tomaron conocimiento este mismo lunes y aguardarán recomendaciones de sus abogados para saber cómo proceder.

La resolución ordena que se instruya a la Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas, para que “ejecuten todas aquellas tareas y diligencias que resulten necesarias con el objetivo de notificar y brindar la debida participación al Sr. Emilio Friedrich, así como también a la Provincia de Río Negro y demás Organismos provinciales o nacionales que puedan verse involucrados, con carácter previo a la emisión de cualquier acto administrativo”. (ANB)

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