El municipio prohibió los vuelos sobre el Parque Municipal Llao Llao
La Municipalidad de San Carlos de Bariloche dispuso, a través de la resolución 976-I-2019, prohibir los suebrevuelos de aeronaves impulsadas a motor sobre el Área Protegida Parque Municipal Llao Llao.
La norma exceptúa aquellas “destinadas a combate de siniestros, operaciones de búsqueda y rescate, relevamientos técnicos, investigaciones científicas u otros relacionados con la conservación del área”.
Esta resolución llega después que el juez de faltas Gustavo Contín ordenó el cese de las excursiones aéreas en helicóptero a la empresa Helitronador SRL., la cual ofrecía un servicio de sobrevuelo por el Parque Municipal Llao Llao. Esta primera sanción prohibió la explotación comercial de estos viajes ya que “no se puede realizar una actividad comercial sin contar con la correspondiente habilitación que precisamente autorice es actividad”.
La resolución del ejecutivo municipal, del 25 de marzo, menciona que la Constitución Nacional dispone el derecho "a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras" y remarca que la Ley 22.351 de Parques Nacionales, prohíbe "la realización de sobrevuelos en aeronaves impulsadas a motor, exceptuados los de las rutas aéreas comerciales, militares y civiles que —dadas las características geográficas, climáticas o proximidad de aeropuertos en la zona— no cuenten con rutas alternativas, así como los destinados a operaciones de búsqueda y rescate, combate de siniestros, siniestros, investigaciones científicas, relevamientos técnicos y todos aquellos que guarden relación con las tareas inherentes a su cuidado y administración".
También hace referencia a la Ordenanza 304-CM-89 que declara al Parque Municipal Llao Llao como "área natural inalterable e inalienable, bosque silvestre de conservación recreativa, preservada a perpetuidad como patrimonio ecológico de la comunidad, Santuario de Flora, Fauna y Gea a conservar por sus características primigenias excluyendo de ella todo tipo de explotación comercial". (ANB)