2014-04-28

Cascón fue sobreseído por el STJ en causa iniciada por Goye

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó el sobreseimiento del ex Intendente Marcelo Cascón, quien fue acusado por Omar Goye por "falsedad de documento", luego que el Municipio diera a conocer la condición de deudor del por entonces candidato. La justicia consideró que al solicitar información oficial, el acusado no tenía conocimiento de que "perjudicaría" al futuro jefe comunal del FpV.

El Superior Tribunal de Justicia declaró "mal concedido" el recurso de casación presentado por el abogado de Omar Goye, y avaló la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de Bariloche, que rechazó la apelación y confirmó el sobreseimiento del ex intendente Marcelo Cascón, en una causa judicial en la que se le imputó por "falsedad de documento".

En el expediente judicial se reseñó que el suceso comenzó cuando Cascón, al frente de la Intendencia, respondió a una solicitud de Goye por un certificado de libre de deuda. Negó en ese sentido "no haber informado en qué acciones existen sentencias firmes que lo obligaban al pago de tasas a favor del Municipio".

Durante la campaña electoral de 2011, se desató una polémica en relación a la condición de deudor de Goye en relación a Tasas municipales. En ese marco, la municipalidad dio a conocer documentación que avalaba esa situación. El cruce derivó en una denuncia de Goye contra Cascón.

Al momento de resolver, el Dr. Ricardo Apcarián, -con el voto rector al que adhirieron sus pares en el STJ, Dras. Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini-, señaló que "al contrario de lo dicho por la parte querellante, la falsedad documental debe ser cometida mediante dolo directo y este debe abarcar el conocimiento de la posibilidad del perjuicio, lo que define la suerte de su agravio."

El Magistrado consideró –según un comunicado- que "esta aclaración pone en evidencia la relevancia de las consideraciones de la Cámara Criminal respecto de que el hecho denunciado por la parte querellante -y que fue tomado por el señor Agente Fiscal para la promoción de la acción- fue parcial y no reflejaba la totalidad de la respuesta del imputado".

Cascón, ante el pedido de un certificado de libre deuda aclaró que "no es función del Intendente Municipal emitir libre deuda alguno; esta función le corresponde al Departamento Contribuciones del Municipio, adonde deberá dirigirse como todo contribuyente de este Municipio a requerirlo". Aclaró que solicitaría a dicho Departamento el envío del estado de deuda de Goye,"pese a no ser directo interesado" en su obtención".

Ante esta declaración, el Juez Apcarián consideró que de los dichos de Cascón se desprende que "este no podía tener conocimiento de que -eventualmente- introducía una falsedad y que perjudicaría a la parte querellante".

Consignó además que "la falsedad ideológica requiere la inserción en el objeto de una mentira y, en relación con este aspecto, el imputado sostiene -en una respuesta también omitida- que la temática de la deuda surge de las presentaciones de la parte querellante y de los estados contables registrados en las oficinas Municipales, específicamente de un expediente que individualiza".

"Relacionado con esto, la nota no podría tener como resultado un perjuicio, pues sólo le está indicando al peticionante ante quién debe concurrir para obtener lo solicitado", afirmó finalmente el juez del STJ. (ANB)

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