2014-04-03

Voto joven

Primer paso hacia el voto a los 16: el Concejo lo aprobó

La Ordenanza se sancionó por unanimidad. Al margen de ese aval, la efectiva aplicación de la norma que habilita que los jóvenes puedan votar en las elecciones municipales, no está garantizada. Todavía restan algunos pasos, que podrían incluir la reforma de la Carta Orgánica y un posterior referéndum. Si los pasos pertinentes no se concretan, las próximas elecciones serán permeables de impugnación.

Luego de meses de debate, marchas y contramarchas, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza que habilita a jóvenes de entre 16 y 18 años a votar en las elecciones municipales de Bariloche. No obstante, ese aval de los ediles no acredita que la norma se aplique de manera inmediata. La sanción de la Ordenanza, sólo configura un respaldo inicial a un proceso que demandará más pasos, para evitar que las próximas elecciones sean susceptibles de impugnación.

Oportunamente, la Asesoría Letrada del Concejo había objetado la norma, al advertir que para su aprobación es necesario modificar la Carta Orgánica Municipal. Esa norma magna, establece en su artículo 139 que el electorado estará integrado por "argentinos mayores de 18 años inscriptos en el padrón electoral".

Ante el complejo proceso de modificar la Carta Magna, los ediles analizan algunas alternativas. Entre ellas, impulsar una "enmienda", y (el paso concretado este jueves) sancionar la Ordenanza a riesgo de que ninguna parte o ciudadano presente objeciones. O bien que su viabilidad la resuelva el Tribunal Electoral Provincial, una vez aprobada la nueva norma.

Otra de las opciones que se barajan para efectivizar la normativa, consiste en que el Gobierno Municipal acuda a la Justicia y solicite que se declare la inconstitucionalidad del mencionado artículo de la Carta Orgánica.

Oportunamente, se solicitó al Tribunal Electoral Provincial conocer su mirada sobre la viabilidad legal del Proyecto, pero el órgano judicial manifestó que no opinará, debido a que en el futuro podría ser competente ante planteos que cuestionen la norma.

Por su parte, la Junta Electoral Municipal planteó una no objeción al proyecto. Ese tribunal consideró que "nada dice la Carta Orgánica con respecto a la prohibición de incluir de forma facultativa a jóvenes mayores de 16 años". No obstante, indicó que "quizás se deberá implementar cambios en las partidas presupuestarias para publicitar los cambios".

En ese entonces el bloque de ediles del Frente Grande, que promovió la iniciativa apeló al sentido común. Entendieron que si el voto es optativo -para los votantes entre 16 y 18 años-, sumado a la vigencia de la modalidad para los comicios provinciales y nacionales, no sería necesario modificar o enmendar la Carta Orgánica, para que la ciudad lo implemente.

La Ordenanza se aprobó con la mirada atenta de la Defensora del Pueblo, Andrea Galaverna, quien había sido cuestionada por los ediles por la presentación de un recurso de amparo que apuntaba a que se instaurara el voto voluntario para los jóvenes de entre 16 y 18 años. La funcionaria reclamó por esa vía la habilitación para sufragar de los adolescentes de esa franja etaria, pero dos días antes de las elecciones municipales del 1 de septiembre, la Justicia rechazó el amparo, que apuntaba a adherir a la ley provincial que permite el "voto joven".

La acción fue presentada una semana antes de los comicios del 1 de septiembre, y obtuvo una sentencia desfavorable de la Cámara Civil de Bariloche. Para los ediles, "fue una medida precipitada e irresponsable, que puso en riesgo las últimas elecciones".

Galaverna interpeló a los ediles, y aseveró que actuó "a favor de un derecho" y "no en contra del Concejo", intentando dejar de lado la disputa desatada entre la Defensoría del Pueblo y el poder político.

Según el padrón nacional, en Bariloche podrían emitir su voto unos 1.200 jóvenes, ubicados en la franja de 16 a 18 años de edad. (ANB)

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