2014-02-27

STJ suspendió paritarias por medidas de fuerza de judiciales

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) notificó al sindicato de empleados judiciales que dejaría sin efecto la reunión paritaria de este jueves ante la medida de fuerza anunciada. Desde el sindicato consideraron que no tienen respuestas para el reclamo y ratificaron las acciones gremiales.

La Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Río Negro (SITRAJUR) rechazó "enfáticamente" la decisión asumida por el STJ de suspender la reunión paritaria por entender que "interrumpe de manera unilateral e injustificadamente la negociación colectiva".

"Los argumentos que fundan dicha decisión, carecen de base fáctica", confiaron los gremialistas, quienes además remarcaron "sólo hacemos uso del legítimo derecho de huelga consagrado en la Constitución Nacional como uno de los derechos más importantes en la historia del movimiento obrero, tanto así como la negociación colectiva. En ningún caso el derecho de huelga puede interpretarse como una clara e inaceptable medida de presión hacia los integrantes", parafraseando la respuesta original, brindada desde el máximo estamento judicial.

En este sentido, desde el SITRAJUR consideraron que el corte de diálogo se pudo haber iniciado a partir del descuento realizado el pasado 23 de diciembre, "sin embargo, los judiciales seguimos apostando a la paritaria aun cuando esto, en términos legales, constituye una clara práctica represiva por parte de la patronal".

"Resulta endeble la interpretación que este STJ sostiene sobre la regulación del derecho de huelga ante la negociación colectiva. Como si el derecho de huelga fuera privativo o condicionante de la negociación colectiva en cualquiera de sus términos, evidenciando esta postura y una vez más, la necesidad imperiosa de tener una ley de convenio colectivo para nuestro sector que regule las paritarias", añadieron en un comunicado.

Asimismo, enumeraron los temas que se evaluarían en las paritarias suspendidas: "Para ser más precisos, en lo que respecta a la reactivación del sistema porcentual de remuneraciones fue presentado en julio de 2012, el concurso de cargos internos data desde el año 2011 con innumerables modificaciones unilaterales por parte de la patronal y actualmente con demoras de hasta 8 meses para corregir un simple examen, el reclamo por bonificación por guardería desde el 28 de febrero de 2012, respecto de la bonificación por titulo terciario y universitario desde abril de 2012, respecto al contra turno de jefes de despachos/funcionarios de ley, desde mayo 2012, los escalafones choferes y manteamiento: diciembre 2012; la puesta en marcha del departamento de acción social data de septiembre 2011. ¿Se puede entender como intempestiva e improcedente nuestra medida de acción directa?", se preguntaron.

También se criticó la interpretación del STJ acerca de que los reclamos "están siendo objetio de consideración dentro plazos razonables y prudentes", ya que evaluaron que "una vez más hace una interpretación unilateral, de qué es razonable y prudente. Cuando la brecha salarial dentro del Poder Judicial es cada vez mayor, y la recarga laboral está llegando a niveles insostenibles en casi todos los organismos, ¿es posible que quien está arriba en la pirámide salarial le pida paciencia a los que menos ganan? ¿Es posible que la realidad sólo pueda ser interpretada como razonable y prudente por quienes más ganan? ¿No hemos sido razonables los trabajadores sosteniendo el vaciamiento de los organismos por parte de los Magistrados que se acogieron al 82 por ciento móvil de su jubilación (mientras los trabajadores sabemos que no gozaremos de ese `privilegio’), ni observando el deterioro que, una vez más, unilateralmente el STJ hizo de nuestra carrera judicial, ni de nuestros salarios? ¿Ni habiendo soportado únicamente los trabajadores los "desfalcos financieros" porque quienes nos ajustaban son "intangibles"?

Ante este contexto, los trabajadores decidieron ratificar la medida dispuesta para este jueves, de suspender las labores administrativas por el término de una hora a partir de las 12 del mediodía.

"Evidentemente, el STJ no solo, no reconoce los derechos consagrados por la Constitución Nacional respecto de la negociación colectiva y el derecho de huelga, sino que además, se atribuye la potestad de reglamentarlos, mediante una visión sesgada de la realidad, siendo este un claro avasallamiento, no solo a los trabajadores judiciales sino a la clase trabajadora en su totalidad", concluyeron.

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