2014-02-20

Ordenan investigar al Ministerio de Salud por no proveer una prótesis

El Juez en lo Civil Santiago Morán ordenó remitir actuaciones a la Justicia Penal ante el incumplimiento del Ministerio de Salud rionegrino, que debió asistir a una vecina en el mes de agosto, pero hasta diciembre no lo había hecho. Investigan eventual comisión de un delito de acción pública.

El Juez Morán ordenó remitir antecedentes a la Justicia Penal a efectos de que se investigue la "eventual comisión de un delito de acción pública" ante el incumplimiento del Ministerio de Salud de lo ordenado en una sentencia judicial, a pesar de haber sido debidamente notificado. Dicha resolución ordenó la provisión de una prótesis de cadera en el plazo de diez días, en el mes de agosto del año 2013.

Por aquel entonces, se hizo lugar al recurso de amparo presentado por una mujer que requiere una prótesis de cadera de manera urgente. "Si bien el Ministerio de Salud indicó que el trámite se vio obstaculizado por `faltante de documentación’, no cuestionó la necesidad de la colocación de una nueva prótesis ni las características de los insumos que fueron solicitados por el médico tratante por lo que se consideró procedente hacer lugar a la acción intentada", se remarcó en un comunicado.

Sin embargo, en el mes de diciembre uno de los hijos de la amparista manifestó al Tribunal que hasta ese momento no se había cumplido con la provisión de la prótesis requerida, situación que habría causado en su madre un cuadro depresivo, ya que ante el dolor debe tomar medicación en forma permanente. "Detalló además que al concurrir al hospital de Bariloche con todos los estudios requeridos le informaron que no había ni prótesis, ni turnos...’, señalaron desde el Poder Judicial.

En consecuencia el Juez Santiago Morán, y de conformidad a la intimación realizada, encontrándose vencido el plazo otorgado ordenó la remisión de los antecedentes a la Justicia Penal a fin de que se investigue la eventual comisión de un "delito de acción pública".

Asimismo, y previo a resolver la procedencia de otra medida, se requirió a la presentante dos presupuestos privados de los insumos necesarios a tal fin y avalados por el médico tratante.

Al momento de resolver en forma favorable el amparo, el Magistrado consignó: "si bien no habría existido una negativa por parte del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, la demora ha sido atribuída solamente a la `falta de documentación’. Por lo tanto y aún cuando la misma pudiera eventualmente ser atribuida a la amparista, no se ha detallado en modo alguna cual sería la documentación y/o acreditado en forma sumaria su requerimiento, no pudiendo analizar el Tribunal si la misma resulta esencial a los fines de evaluar el pedido".

"Por lo tanto, considero que el fundamento esgrimido en modo alguno puede truncar un derecho humano esencial, como es la preservación de su salud. Por ello, entiendo que cualquier recaudo administrativo que de alguna manera ponga en riesgo la salud de la amparista, debe ser removido inmediatamente a fin de no vulnerar aquel derecho de rango constitucional que debe tutelarse", concluyó Morán.

Te puede interesar