Municipio condenado por pase a planta que derivó en reducción salarial
El pase de contratados a planta permanente, suele encabezar los pedidos de quienes se desempeñan en puestos estatales, por la serie de mejoras laborales que conlleva. Pero en el caso de 14 docentes de la Escuela Municipal de Arte La Llave, el pase a planta los perjudicó salarialmente: Debido a que se modificó la forma de cálculo de las horas cátedra, devino en una importante reducción de los haberes de los 14 profesores.
Puntualmente, mientras los trabajadores figuraban como contratados, se calculaba su haber tomando como base el sueldo de la categoría 18, pero después se cambió por el de la categoría 12.
Por caso, uno de ellos -en diciembre del 2010- por 96 horas cátedras cobró 3.456 pesos, mientras que en enero del 2011, por la misma cantidad de horas, le pagaron 1.107 pesos.
En rigor, al pasar a planta permanente, lo docentes percibieron una serie de nuevos beneficios, como antigüedad, zona fría, y adicional no remunerativo. No obstante, si se suma el valor de las horas cátedras calculadas en base a la categoría 12, a los mencionados rubros, no se alcanza el importe que cobraban antiguamente los docentes.
La situación derivó en una presentación judicial. Por lo expuesto, la Cámara Laboral de Bariloche, entendió que "el proceder municipal deviene indebido respecto de sus trabajadores, porque no es correcto compensar una mejora, como es pasar a planta permanente, con un perjuicio, como es la reducción salarial".
Analizó que de esa forma, "se transgrede el principio de indemnidad que rige la relación de trabajo dependiente, sea que pertenezca al ámbito privado o al público, conforme al cual el empleador que se encuentra facultado para dirigir la actividad y realizar los cambios que considere convenientes no debe hacerlo causando perjuicio material o moral a sus empleados".
Y agregaron en un mismo sentido, que el mencionado principio de indemnidad, establece que el que utiliza la fuerza de trabajo de otro en su beneficio, tiene la obligación de mantenerlo indemne. El trabajador no debe resultar perjudicado como consecuencia de la actividad laboral. Si así fuese, debe repararse ese perjuicio".
También evaluaron que "resulta violado el principio de progresividad -también denominado principio de irregresividad- de los derechos laborales conforme al cual ningún cambio se puede realizar en el marco del contrato de trabajo que implique la disminución o pérdida de un derecho, y en su caso, los cambios o modificaciones solo son admisibles si se resultan beneficiosos para el trabajador".
Luego de ese análisis, los integrantes de la Cámara Laboral de Bariloche, Rubén Marigo, Juan Lagomarsino y César Lanfranchi, dispusieron hacer lugar a la demanda de los docentes, y "condenar a la Municipalidad a pagar las diferencias de sueldo correspondientes a liquidar la hora cátedra de los docentes del mismo modo como se hacía, antes de pasar a planta permanente. Además del pago de las costas judiciales. (ANB)