STJ revoca exigencia judicial al municipio para que erradique perros vagabundos
Con una sentencia que cuestiona el avance de la Justicia sobre "otros poderes del Estado", el Superior Tribunal revocó un recurso de amparo al que hizo lugar el juez de primera instancia en lo Civil, Jorge Serra. En aquella resolución, el magistrado había avalado la presentación de dos veterinarios -Pablo Fernández y Horacio Vuotier- quienes exigieron al municipio que en un plazo de "20 días" presente y motorice un plan de erradicación de perros vagabundos o sin dueños, argumentando el aumento de los casos de mordeduras en la vía pública.
Según el fallo de Serra "el Municipio debe arbitrar los medios a su alcance para revertir esa situación, a fin de evitar que la misma se vuelva incontrolable y continúe aumentando la cantidad de casos de mordeduras; sumado al potencial riesgo de contagio de enfermedades (no sólo rabia)".
La resolución fue apelada por el Ejecutivo, a través de la Asesora Letrada María Marta Peralta, con el arguemnto que "la sentencia está cumplida y la ejecución del plan se realiza constantemente". Al respecto, menciona un informe de la Dirección de Veterinaria, Zoonosis y Alimentos, en materia de esterilización de perros y el programa de adopciones".
Alega que la sentencia "invade la esfera propia de la Administración municipal, violando la división de poderes" ya que "exigir (que) en un plazo de 20 días, se informe las partidas presupuestarias y fondos que se afecten al nuevo plan incursiona en las facultades del Municipio". La apelación critica que "la sentencia, al establecer que se prevea un plan de erogaciones no previstas en el Presupuesto de ejecución, importa una violación del sistema de la Constitución Provincial y la Carta Orgánica".
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la apelación de la Asesoría Letrada y planteó que el magistrado de Instrucción había "excedido su competencia".
El fondo del fallo del máximo órgano judicial se asienta sobre la convicción que la Justicia no puede avanzar sobre aspectos que hacen a la tarea de otros poderes del Estado.
"Admitir que por una vía amplia de amparo se encausen potestades vinculadas con las prestaciones esenciales y genéricas del Estado, significaría virtualmente la traslación del Gobierno al Poder Judicial con un resultado ciertamente no querido por la Constitución, dado que no es posible pedir a los Jueces que ejerzan el gobierno, o que se transformen en gendarmes de las políticas globales del Estado", señaló el STJ.
El máximo órgano judicial pidió evitar caer en el "gobierno de los jueces" e hizo hincapié en la imposibilidad de afectar partidas no previstas en el Presupuesto.
Finalmente, rescató el programa vigente de castración canina y de abordaje de la problemática de los perros callejeros: "Dicho programa o plan no luce irrazonable, y ha surgido de la competencia que naturalmente le corresponde al Municipio, tratándose en el caso de una política municipal que no corresponde sea abordada por el Poder Judicial. Ello, en resguardo del principio republicano de la división de poderes", concluye el fallo. (ANB)