El Gobierno confirmó por decreto el control biométrico en los hospitales | ANBariloche
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Fichaje facial

El Gobierno confirmó por decreto el control biométrico en los hospitales

La Justicia desestimó que las medidas cautelares y amparos presentados por los sindicatos del sector, y, a través del Decreto 903, el Ejecutivo rionegrino ratificó la obligatoriedad del fichaje facial.
30/09/2026 08:16 Hs.
 La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la suspensión transitoria del sistema de reconocimiendo facial y le dio luz verde a su aplicación.
La Cámara del Trabajo dejó sin efecto la suspensión transitoria del sistema de reconocimiendo facial y le dio luz verde a su aplicación.

El Gobierno de Río Negro dejó sin efecto la suspensión cautelar que pesaba sobre el sistema de control biométrico de asistencia para el personal del Ministerio de Salud, luego de agotar la vía administrativa correspondiente. La medida, regulada originalmente por la Resolución 986/2026 del Consejo Provincial de la Función Pública, establece la obligatoriedad del registro de asistencia mediante reconocimiento facial en el ámbito sanitario estatal.

La Cámara del Trabajo de Viedma había otorgado previamente una medida cautelar autónoma a favor de la Asociación Sindical de Salud Pública de Río Negro (ASSPUR) que frenaba de manera transitoria la aplicación de la norma. Sin embargo, dicha resolución judicial supeditaba expresamente la suspensión a que la administración provincial resolviera los recursos pendientes, sin pronunciarse sobre la cuestión de fondo ni declarar la invalidez del sistema.

La definición administrativa se concretó mediante el Decreto 903, a través del cual el Poder Ejecutivo rionegrino rechazó el recurso jerárquico interpuesto por la entidad gremial y ratificó en todos sus términos la Resolución 986/2026. Al acreditarse formalmente el agotamiento de la instancia administrativa ante la Cámara del Trabajo, el tribunal dio por cumplida la condición fijada en su fallo previo, con lo cual la suspensión cautelar perdió vigencia.

Durante el procedimiento, el gremio ASSPUR centró sus cuestionamientos en la protección de los datos personales sensibles de los trabajadores, argumentando que la captura de rasgos faciales requiere un consentimiento explícito y advirtiendo sobre eventuales riesgos de filtración o uso indebido. Si bien el tribunal consideró inicialmente estos planteos de derechos fundamentales para dictar una intervención preventiva mientras se tramitaba el reclamo administrativo, la condición temporal establecida en el fallo judicial quedó extinta con la firma y notificación del decreto provincial.

De este modo, la implementación del registro por reconocimiento facial vuelve a ser de cumplimiento obligatorio para el personal del Ministerio de Salud alcanzado por la norma.

 La resolución se suma a otros antecedentes judiciales recientes en la provincia, como el rechazo a una acción de amparo presentada por la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), en el cual la Justicia determinó que no se acreditó la existencia de un daño irreparable ni de una arbitrariedad manifiesta que justificara suspender el sistema.

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