Atropelló a una mujer mientras hacía marcha atrás en una senda peatonal de Neuquén y la Justicia confirmó su responsabilidad | ANBariloche
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Atropelló a una mujer mientras hacía marcha atrás en una senda peatonal de Neuquén y la Justicia confirmó su responsabilidad

La Cámara de Apelaciones rechazó el argumento del conductor y la aseguradora, que responsabilizaban a la peatona por supuesta distracción.
02/09/2026 13:03 Hs.
El impacto ocurrió sobre la senda peatonal.
El impacto ocurrió sobre la senda peatonal.

La Justicia confirmó la responsabilidad de un conductor que atropelló a una mujer en una esquina de la ciudad de Neuquén cuando realizaba una maniobra de marcha atrás. El impacto ocurrió sobre la senda peatonal y el vehículo golpeó a la víctima con su parte trasera, provocándole lesiones que requirieron atención médica y rehabilitación.

La decisión fue tomada por la Sala III de la Cámara de Apelaciones 1, integrada por los jueces Gabriel Ciucci y Juan Manuel Menestrina, que rechazaron el planteo presentado por el automovilista y la compañía aseguradora. Ambos habían cuestionado la sentencia de primera instancia y sostenían que la mujer había cruzado de manera distraída y que no estaba demostrado que el conductor hubiera cometido una infracción.

Sin embargo, los camaristas consideraron determinantes las circunstancias en las que ocurrió el accidente. En particular, tuvieron en cuenta que el impacto se produjo sobre la senda peatonal y que el automóvil se desplazaba marcha atrás al momento de embestir a la mujer.

El accidente ocurrió mientras el auto retrocedía

El hecho se produjo cuando la mujer atravesaba una esquina de la ciudad. En ese momento, un Chevrolet Cruze que se encontraba detenido comenzó a retroceder y terminó impactándola con la parte posterior del vehículo.

La mujer cayó y sufrió lesiones por las que tuvo que recibir atención médica y posteriormente realizar un tratamiento de rehabilitación.

A partir del accidente se inició una causa judicial para determinar las responsabilidades. El conductor sostuvo que la peatona no habría utilizado correctamente la senda habilitada para cruzar y que, además, habría avanzado de manera desatenta.

Esa versión, sin embargo, no fue respaldada por las pruebas incorporadas al expediente.

El croquis realizado luego del accidente ubicó a la mujer sobre el sector destinado al cruce peatonal. A esa reconstrucción se sumó la pericia accidentológica, que también determinó que el impacto se produjo en ese lugar.

Con esos elementos, el juez civil Javier Alarcón rechazó los argumentos de la defensa y determinó que el conductor debía responder por el accidente.

En su sentencia, sostuvo que la parte demandada no había logrado demostrar ninguna conducta de la víctima que permitiera liberar o reducir la responsabilidad del automovilista. Para el magistrado, los argumentos planteados por el conductor no pasaban de ser hipótesis que no habían sido respaldadas por pruebas concretas.

Qué tuvo en cuenta la Cámara

El caso llegó a la Cámara de Apelaciones luego de que el conductor y la aseguradora cuestionaran la decisión de primera instancia.

Los jueces analizaron nuevamente la mecánica del accidente y coincidieron con la reconstrucción realizada durante el proceso.

La pericia estableció que el Chevrolet Cruze estaba detenido a pocos metros de la esquina y que posteriormente comenzó a retroceder. Durante esa maniobra avanzó hacia el sector de la senda peatonal y terminó golpeando a la mujer que circulaba por detrás.

Para la Cámara, ese dato resultó fundamental porque la marcha atrás requiere un nivel de precaución mayor por parte de quien conduce.

La resolución remarcó dos circunstancias centrales: que el vehículo atropelló a la peatona sobre la senda peatonal y que lo hizo utilizando su parte trasera mientras retrocedía.

“Una es que embiste al peatón sobre la senda peatonal y la otra es que lo hace con su parte trasera, al retroceder marcha atrás”, señalaron los camaristas.

A partir de esa situación, entendieron que el conductor tenía un especial deber de cuidado antes de iniciar la maniobra. Debía comprobar que podía retroceder sin generar riesgos para las personas que pudieran encontrarse detrás del vehículo.

La defensa sostuvo que la mujer estaba distraída

Uno de los principales argumentos planteados por el automovilista fue que la mujer había cruzado de manera distraída y fuera del lugar habilitado.

La Cámara no encontró pruebas suficientes para sostener esa versión.

Por el contrario, el croquis y la pericia accidentológica ubicaron a la víctima sobre la senda peatonal al momento del impacto. Es decir, se encontraba justamente en el espacio destinado al cruce de peatones.

Los jueces consideraron que esa circunstancia hacía especialmente relevante la obligación del conductor de verificar que el retroceso pudiera realizarse de manera segura.

En la resolución calificaron la conducta del automovilista como una “maniobra antirreglamentaria, al retroceder sin asegurarse que sobre la senda peatonal no hubiera algún peatón”.

De esta manera, descartaron que una supuesta distracción de la mujer pudiera modificar la responsabilidad que ya había sido determinada en primera instancia.

La responsabilidad quedó confirmada

Con el nuevo fallo, la Sala III confirmó la decisión del juez Javier Alarcón y rechazó los argumentos presentados tanto por el conductor como por la aseguradora.

Para los camaristas, no se acreditó que la mujer hubiera realizado una conducta que pudiera ser considerada una causa del accidente. En cambio, sí quedaron respaldadas las circunstancias que comprometían al automovilista: la víctima estaba cruzando por la senda peatonal y el vehículo avanzó marcha atrás hasta impactarla.

El fallo vuelve a remarcar la importancia de extremar los cuidados al realizar maniobras de retroceso, especialmente en zonas destinadas al cruce de peatones.

En este caso, la Justicia consideró que el conductor debía haber verificado previamente que el camino estuviera libre y que su maniobra no representara un riesgo para quienes circulaban por la calle. Al no hacerlo y terminar atropellando a una mujer que se encontraba sobre la senda peatonal, la responsabilidad establecida en primera instancia fue ratificada.

 

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