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Seguridad vial

Más allá del frenado: el rol de los reductores en la vida urbana

Las medidas que aportan a la Seguridad Vial se ven sujetas a permanentes debates, que tienen que ver con el uso y la aplicación adecuada de determinados reglamentos y elementos de seguridad. La mirada técnica de Nestor Vidal en este nuevo artículo.
15/03/2026 17:12 Hs.
En Argentina, la instalación de lomos de burro (reductores de velocidad tipo "bump") está regulada por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
En Argentina, la instalación de lomos de burro (reductores de velocidad tipo "bump") está regulada por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.

En el último tiempo, los lomos de burro y los reductores de velocidad reflejan una cultura vial en decadencia, que ya no son tan seguros como se los había pensado.

Entre los expertos, no hay coincidencia sobre su efectividad para prevenir accidentes viales. Pero todos concuerdan en que su implementación es anárquica y advierten que la falta de criterios unificados genera riesgos.

Para algunos, son una herramienta que está justificada siempre y cuando estén bien construidos y señalizados, para otros, hay que eliminarlos porque, habiendo otras formas de intervenir las calles para bajar la velocidad, son elementos nocivos que rompen coches, funcionan como trampas para motociclistas y ciclistas, y como barreras o colgamientos para vehículos de emergencia. -Como ya ha pasado en reiteradas oportunidades-. 

¿QUÉ DICE LA LEY?

En Argentina, la instalación de lomos de burro (reductores de velocidad tipo "bump") está regulada por la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que prohíbe su uso indiscriminado, especialmente en rutas nacionales. Deben estar señalizados, pintados con colores reflectantes y construidos bajo normativas técnicas para evitar accidentes y daños a los vehículos.

Vialidad Nacional prohíbe los lomos de burro en rutas nacionales. En zonas urbanas, su instalación suele depender de los municipios, pero deben cumplir con señalización vertical y horizontal obligatoria.

Para que un lomo de burro sea legal, debe estar correctamente pintado (generalmente amarillo refractario) y señalizado con cartelería previa para evitar ser un obstáculo sorpresa

Como experto en seguridad vial, “no hay ningún vacío legal. Lo que se ve es producto de las consecuencias de tener el tránsito federalizado.  La Resolución 422/2002 de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) prohíbe explícitamente la instalación de "lomos de burro", lomas o reductores físicos de velocidad transversales en las rutas nacionales de Argentina, considerándolos obstáculos peligrosos. Sin embargo, la autonomía provincial y municipal permite que se instalen en jurisdicciones locales.

Solo, por citar un ejemplo en Córdoba, se aceptan los lomos de burro y se le da un diseño. Después cada municipio termina haciendo lo que quiere. No hay vacío legal sino anarquía”.

Además, obstaculizan la circulación de vehículos de emergencia (camiones de bomberos, ambulancias, patrulleros). Por este motivo, en Italia se prohibieron. Pero en el país, la proliferación que hubo es alarmante. Acá en Argentina tenemos rutas nacionales, rutas provinciales y caminos municipales, y en los tres niveles de responsabilidad cada agencia, departamento u organismo son quienes deciden qué hacer con estos dispositivos. 

La excusa en muchos casos es que se hace en lugar de instalar semáforos que son más costosos. Y se hacen sin tener un estándar y sin reglamentarlos cuando en el mundo se implementan otros mecanismos de prevención como lo es tan simple la Educación y Prevención Vial”.

Finalmente, en nuestra cultura vial está instalado el hecho de romper las reglas, saltando las señales o barreras, tratando de pasar con una rueda por el borde del lomo de burro, donde debe haber un espacio sin el reductor de velocidad para que corra el agua en días de lluvia, o incluso dañar esos elementos, para poder pasar sin tener que frenar tanto. Se ha visto también que los usuarios rompen los laterales de los lomos de burro para pasar con una rueda por el costado, o liman los bulones para no romper los neumáticos.

Todo parece demostrar que el problema no está en los elementos, sino en la falta de una cultura vial que permita aplicar correctamente los elementos y acatar las reglas de tránsito. Existe una real necesidad de formar mejores conductores y de hacer que se cumplan las normas de tránsito.

 

 

*Néstor VIDAL.

Este profesional es miembro suscripto al programa del Instituto Nacional de Justicia (NIJ) de la Agencia de Investigación Científica Forense, Evaluación y Tecnología del Departamento de Justicia de los Estados Unidos – (999-N. Capitol St., NE, Washington, DC 20531). – Miembro Integrante del –CIFTT (Centro de Investigación Forense y Tecnología del Tránsito) –.