AFIP
Anunciaron medidas de alivio fiscal para pymes y pequeños contribuyentes
El objetivo es encontrar mecanismos que alienten a monotribustistas, profesionales y autónomos a seguir trabajando.

Este viernes, en el Consejo Profesional de Ciencias, el ministro de Economía, Sergio Massa, anunció medidas de alivio fiscal para profesionales, monotributistas, autónomos y pymes, con el objetivo de "corregir situaciones" y "encontrar mecanismos que los alienten a seguir trabajando, seguir produciendo y hacer esfuerzos desde el Estado para facilitarles un poco la vida".
"Estamos tomando algunas decisiones que tienen que ver con corregir situaciones que, sequía de por medio, FMI con imposición de devaluación de por medio, afectaron capital de trabajo, poder de compra de la gente, el bolsillo y la capacidad de desarrollo económico de millones de argentinos", remarcó.
Durante su discurso, Massa detalló que ya se realizaron devoluciones del IVA a más de 3,3 millones de personas por compras realizadas con trajeta de débito en el marco de "una de las medidas tal vez más progresivas tomadas desde el punto de vista tributario".
En esa línea, el ministro de Economía anticipó que el lunes será enviado al Congreso el proyecto de ley que busca darle ese status a la devolución del IVA para los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos y se transforme así en "un instrumento de política tributaria" de manera "permanente".
"En el día de hoy firmamos la elevación para que ingrese el lunes al Congreso una ley que establece un sistema de devolución del IVA en la canasta básica de manera permanente y por ley para los próximos años, para que no quede en una medida simplemente de este contexto sino que quede como un instrumento de política tributaria", agregó al anunciar medidas de alivio fiscal para mipymes y autónomos en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires, en el centro porteño.
Las medidas que Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incluyen un plan de facilidades de pago para la cancelación de deudas, la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal, y la prórroga del vencimiento de las obligaciones de septiembre a diciembre próximo.
Los detalles son:
- Alivio fiscal profesionales autónomos
Prórroga del pago del aporte personal de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
Prórroga del pago de IVA de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
Actualización de importes de la escala de retención del impuesto a las ganancias (Resolución General AFIP 830).
Nuevo monto no sujeto a retención de $ 160.000
Según explicó Economía de esta forma se benefician 701 mil profesionales y pequeños comerciantes autónomos (337 mil profesionales y prestaciones de servicios; y 364 mil comerciantes).
- Alivio fiscal profesionales monotributo
Suspensión de las exclusiones por superar el límite de facturación hasta la actualización de la escala el año que viene y suspensión de baja automática por falta de pago.
- Alivio fiscal pymes
Plan de pago que permitirá a las PyMEs regularizar deuda con las siguientes condiciones:
- 120 cuotas mensuales
- Vigente hasta el 31/12/2023
- Permite incluir Obligaciones vencidas hasta el 31/08/2023
- Permite incluir planes caducos
- Tasa de interés 4,14 mensual (70% de la tasa de Interés Resarcitorio)
-Simplificación para los profesionales
Régimen opcional de pago de declaraciones juradas impositivas en enero de cada año para que el profesional pueda administrar su tiempo de descanso con la familia.
-Simplificación tributaria para micro y pequeñas empresas
Se propone discutir con los profesionales un proyecto de Ley con estos parámetros:
Para los autónomos comerciantes, profesionales y que prestan servicios, el esquema Simple implicará que quienes tengan ingresos de hasta 15 SMVM mensuales (similar límite que el de los empleados que no pagan Mayores Ingresos) puedan optar por este régimen simplificado con las siguientes características:
- Será un régimen distinto al de monotributo.
- Un único pago mensual, que abarque seguridad social, IVA y Ganancias.
- El pago se determinará como un porcentaje de la facturación.