viernes 26 de abril de 2024

Asociación ilícita

Licencias truchas: revocaron el sobreseimiento de municipales

Se trata de tres empleados municipales sospechados de integrar una asociación ilícita en la subsecretaría de Tránsito.

lunes 20 de diciembre de 2021
Licencias truchas: revocaron el sobreseimiento de municipales

En una audiencia llevada a cabo este lunes, el Juez Gregor Joos hizo lugar a la impugnación planteada por la fiscalía y la querella. Dejó, de ese modo, sin efecto el sobreseimiento de tres funcionarios públicos -municipales-, el cual había sido dispuesto por otro magistrado del foro local.

En efecto, el Fiscal Jefe Martín Lozada y el Fiscal del Caso Guillermo Lista cuestionaron durante la mañana de hoy el sobreseimiento dispuesto respecto de tres personas sospechadas de conformar una asociación ilícita que operaba en el interior de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de 2014 y 2016. Solicitaron, en tal sentido, se revocase esa decisión y se continuase la investigación criminal a su respecto.

Dicha organización, según los fiscales, se dedicaba a la confección y comercialización de Licencias de Tránsito del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, sorteando toda formalidad legal y sin abonar las sumas que por ley corresponde.

 Durante el desarrollo de la audiencia el Fiscal Jefe afirmó: "Lo que aquí nos ocupa, además, resulta ser una resolución judicial que omite -sin disimulo- considerar las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino respecto de los restantes miembros de la comunidad de Estados. En lo fundamental, aquella que surge del preámbulo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, en cuanto destaca la preocupación de los Estados-parte a partir de la “gravedad que traen consigo los actos de corrupción, para la estabilidad y seguridad de las sociedades, al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia, y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley”.

Lozada agregó que "tanto en la citada convención, como en la Convención Interamericana contra la Corrupción del año 1996, sancionada y promulgada ese mismo año por nuestro Congreso Nacional, se procura sumar esfuerzos a fin de prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.  Se trata, a no llamarse a duda, de un estándar internacional que debe ser considerado a los fines de evaluar el riesgo ver frustrada la aplicación de la ley penal. Dicho de otra manera: siempre que se trate de causas que involucren el manejo de fondos y bienes públicos, la decisión que corresponda adoptar debe estar determinada por un mayor rigor al apreciar los hechos objeto de investigación".

Por último, el Fiscal Jefe señaló que resulta "indispensable tener presente los compromisos asumidos por el Estado Nacional al suscribir tratados con otros países, cuyo incumplimiento -como bien sabemos- podría generar responsabilidad internacional. De lo cual se desprende su inexorable consideración por parte los magistrados locales, de todas las instancias".

El Fiscal Guillermo Lista, por su parte, cuestionó severamente la interpretación de los plazos procesales que efectuara el juez que sobreseyera a los sospechosos, pues conduce a la impunidad de los actos de corrupción  cometidos por funcionarios públicos.

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