viernes 29 de marzo de 2024

Sesiona el Senado para convertir en ley el proyecto sobre deuda externa

La Cámara alta se reúne para tratar la iniciativa del Poder Ejecutivo. Mirá el debate en vivo.

miércoles 05 de febrero de 2020
Sesiona el Senado para convertir en ley el proyecto sobre deuda externa

El Senado comenzó a las 10.37 la sesión extraordinaria en la que buscará convertir en ley el proyecto sobre la sostenibilidad de la deuda pública externa, enviado por el Poder Ejecutivo, que espera contar con la sanción de la norma de cara a las negociaciones con los acreedores.

El Frente de Todos contará con el respaldo de Juntos por el Cambio y otros monobloques, con lo cual se espera un unánime respaldo. Para el debate, hay 41 oradores anotados.

La reunión es conducida por la presidenta provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora, ya que Cristina Kirchner se encuentra a cargo de la Presidencia de la Nación en reemplazo de Alberto Fernández, de gira por Europa.

El proyecto oficialista declara “prioritaria para el interés de la República Argentina la restauración de la sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo ley extranjera”, que se calcula en un total de 142 mil millones de dólares.

Puntualmente, la ley abarca los bonos emitidos en los canjes de 2005 y 2010 y los títulos públicos emitidos a partir de 2016; y dispone la renuncia a invocar la inmunidad soberana contra el embargo y ejecución de determinados bienes.

La norma autoriza al Ministerio de Economía a emitir nuevos títulos públicos para modificar el perfil de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital; determinar las épocas, plazos, métodos y procedimientos de emisión de nuevos títulos públicos; y designar instituciones o asesores financieros para que actúen como coordinadores en el proceso de estructuración, entre otras facultades.

Se establece que la prórroga de jurisdicción “no implicará renuncia alguna” respecto de la inmunidad de la Argentina con relación a la ejecución de ciertos bienes, como los del Banco Central, cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el país, o cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio que preste un servicio público esencial, entre otros.

En tanto, las comisiones que puedan cobrar los bancos colocadores de deuda “en ningún caso podrán superar” el 0,1% por todo concepto del monto efectivamente canjeado y/o reestructurado. En forma previa a la suscripción de contratos con entidades y asesores financieros “se deberá dar intervención a la Sindicatura General de la Nación”.

De acuerdo al texto, todas las operaciones que se realicen quedarán exentas de todos los impuestos, incluido el IVA, tasas y contribuciones nacionales existentes y a aplicarse en el futuro. (Fuente: Parlamentario.com)

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