sábado 20 de abril de 2024

Ordenan a IPROSS brindar cobertura a afiliada con una afección hepática

La paciente debe realizarse el estudio denominado elastográfia hepática en el hospital Italiano de Buenos Aires y la obra social no brindó respuestas al pedido de la mujer.

miércoles 09 de octubre de 2019
Ordenan a IPROSS brindar cobertura a afiliada con una afección hepática

La obra social IPROSS deberá brindar a una afiliada jubilada, alojamiento, pasajes y costos médicos, o reintegrarlos contra la presentación de las facturas correspondientes, en el marco de un tratamiento que lleva adelante la mujer a quien padece una afección en el hígado.

El fallo de los jueces Marina Venerandi, Juan Lagomarsino y Carlos Rinaldis, constituidos en tribunal de Amparo, recoge la petición de una afiliada, quien debe realizarse el estudio denominado elastográfia hepática en el hospital Italiano de Buenos Aires. Habiendo iniciado el trámite pertinente no obtuvo respuesta. IPROSS confirmó, al momento de contestar el traslado conferido, que efectivamente se encuentra en "trámite administrativo" el pedido realizado por el médico tratante de la afiliada.

En la parte resolutiva de este recurso, los jueces han señalado, en lo sustancial que a la solicitud planteada, ninguna de las cuestiones planteadas ha sido refutada o negada por la obra social. "La afiliada, se presentó ante ésta Cámara solicitando amparo jurisdiccional para que se le ordene al IPROSS la realización del estudio requerido por su médico, disponiendo de los traslados y alojamientos correspondientes, con la celeridad que requiere el caso ya que padece del "Mal de Nach" y que el estudio que se le realizará en el Hospital Italiano, establecerá en cuanto se encuentra dañado el hígado y en que partes, quizás evitando, por un diagnóstico y tratamiento a tiempo, que fuere necesario un trasplante de hígado.

Como se mencionara "nada de esto fue negado o refutado por la obra social, ni que la afiliada padezca el mal que acusa, ni que su médico hubiera ordenado la realización de estudio que debe hacerse en el Hospital Italiano, ni que la afiliada tenga derecho a su otorgamiento, como tampoco que la celeridad en su realización contribuye obviamente a la posibilidad de un diagnóstico y tratamiento tan adecuados como oportunos que pudiesen evitar tener que requerir un trasplante hepático. Lo único relevante que ha contestado el IPROSS es que ha iniciado el trámite pero todavía no sido resuelto por los organismos administrativos correspondientes, lo cual demuestra la necesidad de recurrir al amparo para obtener una respuesta a tiempo".

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