Rentas anunció nuevos valores de multas para incumplidores | ANBariloche
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Rentas anunció nuevos valores de multas para incumplidores

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro actualizó los montos en las multas para los contribuyentes incumplidores. Según la gravedad de la falta, las penalizaciones oscilan entre los 400 y los 20 mil pesos. Buscan "estimular" el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
26/06/2014 00:00 Hs.
Rentas anunció nuevos valores de multas para incumplidores
Rentas anunció nuevos valores de multas para incumplidores

A través de la Resolución 554/2014, el organismo rionegrino abarca diversos hechos de incumplimiento y cada uno tiene determinado un monto de multa que es variable según la condición de inscripción del contribuyente, con el caso de las personas físicas y las jurídicas.

"Con la sanción de esta resolución la Agencia tiene como objetivo estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales", se indicó en un comunicado.

En este sentido, se estableció que la falta de inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos se podrá sancionar con multas de hasta 10 mil pesos para personas físicas y de hasta 20 mil pesos para personas jurídicas. Antes de los nuevos valores, se multaba por 2.000 y 4.000 pesos, respectivamente.

Para quienes no emitan facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicios; o no presenten un sistema de facturación alternativo cuando posee controlador fiscal vencido, las multas llegan hasta los 10 mil pesos.

Sobre aquellos contribuyentes que no comuniquen a la Agencia de Recaudación sobre cambios de domicilios, actividades, bajas, las multas a aplicar van desde los mil a los 10 mil pesos. Y aquellos inscriptos en Régimen Simplificado que no realicen la recategorización cuando correspondiere tendrán una sanción económica de mil pesos.

La presentación fuera de término de declaraciones juradas mensuales será multada por 400 pesos para personas físicas y por 800 pesos para personas jurídicas. En tanto la multa es mayor para quienes están obligados a actuar como agentes de retención o percepción y no presentan sus declaraciones juradas mensuales, alcanzando un importe de 2.500 pesos.

Además se contempla como sujetos pasibles a multas a los Agentes de Información, instituciones o empresas que brindan datos acerca de los contribuyentes, quienes no estaban encuadrados en la Resolución del año 2009. Éstos tienen la obligación de presentar declaraciones juradas mensuales, y por cada incumplimiento serán sancionados con 2.000 pesos.

Una de las sanciones más gravosas que determinó la Agencia es sobre aquellos que se resistieren a la realización de una verificación o fiscalización o agredan a los agentes fiscalizadores. En este caso la multa puede llegar a los 20 mil pesos y además puede derivar en la clausura del comercio hasta por 10 días.