STJ rechazó recurso del municipio contra fallo a favor de Mazzaglia | ANBariloche
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STJ rechazó recurso del municipio contra fallo a favor de Mazzaglia

El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal que presentaron abogadas de la Municipalidad de Bariloche. La comuna había intentado cuestionar la sentencia que hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad que presentó el ex Defensor del Pueblo, Viente Mazzaglia, contra las ordenanzas que determinaron sus suspensión.
21/05/2014 00:00 Hs.
STJ rechazó recurso del municipio contra fallo a favor de Mazzaglia
STJ rechazó recurso del municipio contra fallo a favor de Mazzaglia

Mazzaglia había interpuesto la denuncia contra tres ordenanzas del Concejo Municipal (2297-CM-12; 2323-CM-12 y 2378-CM-13), que dispusieron su suspensión de funciones, hasta la finalización de su mandato, en el marco de una investigación por supuesta violencia laboral.

Oportunamente, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) avaló la presentación del ex Defensor del Pueblo. En la reciente resolución del STJ -del 13 de este mes- se recordó que ese organismo hizo lugar a la demanda en el entendimiento que "la Defensoría del Pueblo es un órgano que goza de independencia suficiente para ejercer su rol de contralor. Si bien la norma orgánica faculta al Concejo Deliberante a intervenir en el funcionamiento de la Defensoría, esta intervención o requerimiento se vincula con las funciones específicas del Defensor del Pueblo, pero en modo alguno podría considerarse que se trata de una delegación con dependencia jerárquica o funcional, como se dice en los fundamentos de las Ordenanzas que disponen la suspensión".

En cuanto a las suspensiones efectuadas, Mazzaglia consideró que "afectó directamente el debido proceso legal". El STJ "entendió que aún cuando hubieren existido motivos suficientes para suspender provisoriamente al Defensor del Pueblo, el dictado de sucesivas ordenanzas disponiendo nuevas suspensiones o extendiendo la inicial hasta finalmente agotar el período de mandato del actor -sin que se diera inicio al proceso de revocatoria- desvirtúa su sentido y transforma la 'suspensión provisoria' en una verdadera sanción disciplinaria, viciada por ello de ilegitimidad".

Ante lo resuelto, las representantes del municipio interpusieron recurso extraordinario federal e invocaron "la arbitrariedad de la sentencia por errónea interpretación de la ordenanza 2245-CM-11, que regula las cuestiones de violencia laboral". Entendieron que "este Superior Tribunal de Justicia avanzó sobre cuestiones políticas no justiciables".

Las abogadas oficiales también señalaron "la ausencia de perjuicio para el actor (Mazzaglia) toda vez que continuó percibiendo sus salarios hasta la finalización del mandato y que a la fecha la cuestión ha devenido abstracta, atento la culminación del mandato del Defensor del Pueblo".

Sin embargo, el máximo órgano judicial de la Provincia determinó denegar el recurso extraordinario federal interpuesto". (ANB - ADN)