Violencia digital
Impusieron una restricción perimetral a un hombre por enviar un sticker "obsceno" por WhatsApp
Un Juzgado de Paz de la Línea Sur resolvió calificar como un hecho de violencia psicológica el envío de un sticker de WhatsApp considerado “inapropiado” y “obsceno”, imponiendo medidas de protección urgentes a favor de la afectada. El expediente, originado tras una denuncia radicada en una comisaría y derivado a través de la oficina policial especializada en violencia familiar, involucra a una mujer y al tío de su pareja.
Según consta en las actuaciones, la recepción de la imagen provocó temor, miedo y angustia en la denunciante, quien recriminó inmediatamente al hombre por su conducta. En el marco del proceso judicial, el magistrado decidió no solicitar la exhibición de la imagen digital para evitar un mayor sufrimiento a la mujer. Por su parte, el denunciado admitió haber enviado la gráfica, aunque sostuvo que ocurrió por error debido a una circunstancia personal vinculada a su salud, agregando que había intentado disculparse personalmente en el domicilio de la víctima sin lograr resolver el conflicto.
Al constatar que el denunciado no cuestionó la percepción de la mujer sobre el mensaje y considerando que existían elementos suficientes para intervenir ante la violencia psicológica, la justicia dispuso una prohibición de acercamiento a una distancia mínima de 300 metros. Esta restricción abarca la vivienda, el local comercial y los lugares donde se encuentren la mujer o su grupo familiar, e impide además cualquier intento de contacto directo, telefónico, por mensajes de WhatsApp, redes sociales o mediante terceras personas.
Asimismo, el tribunal ordenó que el hombre se presente ante un servicio de Salud Mental para una evaluación psicológica que determine la necesidad de un tratamiento, mientras que para la denunciante se dispuso la asistencia del Sistema de Abordaje Territorial. El magistrado advirtió que cualquier incumplimiento de las restricciones impuestas podrá derivar en multas, arrestos, trabajos comunitarios o una investigación penal por desobediencia judicial. Las medidas dictadas tienen carácter provisorio y quedarán supeditadas a la resolución del fuero de Familia de la Tercera Circunscripción Judicial con sede en Bariloche.