Defensa al consumidor

Condenaron a una concesionaria por cobrar casi el doble del costo oficial en el patentamiento de un vehículo 0 km

La Justicia determinó que la empresa incumplió el deber de información al facturar recargos injustificados que superaron los 870 mil pesos en la inscripción de una camioneta, ordenando la devolución del dinero y una sanción por daño punitivo.

Un juzgado del fuero Civil emitió un fallo de primera instancia contra la concesionaria Brenson Autos tras comprobar que aplicó un cobro excesivo e injustificado en el trámite de patentamiento de una camioneta Ford Ranger XLT 4x4, modelo 2023. La operación de compraventa del rodado se había acordado en 18.745.600 pesos, pero al momento de concretar la inscripción registral para circular, la empresa emitió una factura por 1.641.413,33 pesos bajo conceptos vinculados al patentamiento.

Ante la duda sobre el monto exigido, el comprador consultó el estimador oficial del Registro de la Propiedad Automotor, el cual arrojó un costo de patentamiento de 651.610 pesos considerando el valor declarado de la camioneta (18.560.000 pesos) y su radicación en Río Negro. Al adicionar el impuesto al valor agregado (IVA) y el flete incluidos en la facturación comercial, el total oficial debía ser de 771.033,15 pesos. De esta manera, se determinó una sobrecarga injustificada de 870.380,18 pesos, un importe que representaba casi el doble de los costos habituales y equivalía a cerca del diez por ciento del valor total del vehículo.

Tras enviar dos cartas documento sin obtener la devolución del dinero, el cliente promovió una demanda por daños y perjuicios. En su defensa, la concesionaria argumentó que el comprador conocía las cifras desde la firma de la reserva y atribuyó el excedente a gastos de gestoría no contemplados por el estimador registral. Asimismo, cuestionó la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, alegando que no se había acreditado un uso estrictamente personal del rodado.

El magistrado rechazó la postura de la empresa comercial al corroborar en la facturación emitida que la unidad constituía un bien de uso, dando por acreditada la relación de consumo. Al examinar el formulario de reserva, el juez advirtió que solo contenía una suma estimativa sin desglosar aranceles, impuestos ni servicios adicionales, concluyendo que conocer un monto aproximado no equivale a recibir información clara, precisa y completa.

La decisión judicial se fundamentó también en una pericia contable, la cual confirmó que los costos reales del trámite eran sustancialmente inferiores a los facturados por la firma. A lo largo del proceso, Brenson Autos no pudo demostrar qué suma correspondía a honorarios de gestoría, ya que dichos montos no figuraban discriminados en la factura ni en sus registros contables. El tribunal ponderó además la situación de vulnerabilidad del comprador, quien habiendo pagado la totalidad de la unidad, debió abonar la cifra exigida para obtener la documentación e iniciar la circulación del vehículo.

En consecuencia, el fallo determinó el incumplimiento del deber de información y el cobro injustificado por parte de la concesionaria, ordenando la restitución de los 870.380,18 pesos cobrados en exceso y fijando una sanción pecuniaria por daño punitivo. La resolución judicial corresponde a la primera instancia y no se encuentra firme, por lo que puede ser objeto de apelación por la empresa demandada.

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