Reclamo excesivo
Inédito castigo judicial a un abogado por presentar una demanda laboral desmedida contra una cadena de supermercados
Un tribunal del fuero laboral rechazó una demanda promovida por una trabajadora contra una cadena de supermercados y determinó que las costas del proceso judicial deberán ser asumidas íntegramente por su abogado representante. Los magistrados concluyeron que el reclamo económico presentado resultaba excesivo y contenía fallas técnicas graves que el profesional del derecho debió haber detectado previamente a la iniciación de las acciones legales.
La resolución judicial liberó explícitamente a la demandante del pago de dichos gastos procesales. La acción judicial fue entablada a raíz del despido sin causa de una empleada que se desempeñaba como cajera, quien había iniciado sus labores en agosto de 2023 y fue desvinculada en marzo de 2025.
La extrabajadora reclamaba una suma cercana a los 22 millones de pesos, al sostener que la desvinculación obedeció a una represalia motivada por una afección en su hombro izquierdo vinculada a sus tareas habituales. Como sustento de su postura, la demandante señaló que la notificación del despido se produjo un día después de acudir a un control médico laboral. En respuesta, la empresa justificó la medida en razones operativas y presupuestarias derivadas de la finalización de la temporada turística, acreditando la desvinculación simultánea de otros cinco trabajadores.
Al evaluar los antecedentes, el tribunal dictaminó que no existían elementos probatorios suficientes para demostrar un acto discriminatorio, toda vez que la trabajadora contaba con el alta médica sin restricciones y la decisión de reducción de personal había sido tomada con anterioridad a la revisión médica citada. Asimismo, los jueces constataron que la firma empleadora había abonado oportunamente la liquidación correspondiente por antigüedad, preaviso, vacaciones y sueldo anual complementario, de forma correcta y sin saldos pendientes.
Pese al pago previo, la presentación incluyó reclamos sobre dichos rubros ya saldados y aplicó un cálculo del 10% por adicional de antigüedad, cuando el convenio colectivo de empleados de comercio fija dicho porcentaje en el 1%. A ello se sumó la exigencia de multas laborales fijadas en normas derogadas antes del despido y la solicitud de más de 17 millones de pesos por daño moral sin sustento en las constancias médicas del expediente. El tribunal calificó estas deficiencias como un error grave que configuró la figura de pluspetición inexcusable. Por este motivo, si bien la demanda fue desestimada totalmente, la Cámara eximió de las costas a la trabajadora, al considerar que pudo actuar bajo la creencia de hallarse asistida por derecho, y atribuyó la responsabilidad exclusiva al letrado, en una decisión de primera instancia que aún admite apelación.