General Roca

Reencuentro tras 20 años: una mediación por pensión alimentaria permitió recomponer un vínculo familiar

Una joven de 21 años recurrió a la Defensa Pública en Río Negro para solicitar asistencia económica para sus estudios terciarios, lo que derivó en un acuerdo con su padre y un acercamiento personal tras dos décadas sin contacto.

Una joven de 21 años se presentó acompañada por su madre en el Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) para gestionar que su padre colaborara económicamente con la continuidad de sus estudios terciarios. La instancia de mediación inició en salas separadas, dado que el padre y la hija no mantenían contacto ni se habían visto durante los últimos 20 años aproximadamente.

Durante la reunión llevada a cabo en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC), la joven expuso sus necesidades académicas y los pormenores de la carrera que cursa. Tras escuchar la presentación, el progenitor realizó una propuesta formal e solicitó la posibilidad de dialogar de manera directa con su hija. Ante el pedido, las defensoras intervinientes habilitaron un espacio a solas sin la presencia de abogados, el cual fue aceptado por ambas partes.

Tras un diálogo privado prolongado, la audiencia concluyó cuando ambos abrieron la puerta de la sala y se reencontraron con el equipo interviniente. La gestión orientada originalmente a resolver una necesidad económica específica posibilitó la restitución del contacto personal entre ambos, quienes intercambiaron sus números telefónicos y acordaron reunirse de forma independiente tras finalizar la sesión.

En términos jurídicos, el procedimiento concluyó con la formalización de un acuerdo mediante el cual se fijó como prestación alimentaria un porcentaje del beneficio previsional percibido por el padre. A tales efectos, se dispuso la apertura de una cuenta judicial y se libró el correspondiente oficio a la ANSES para instrumentar la retención voluntaria sobre los haberes.

En la provincia de Río Negro, la mediación prejudicial constituye una instancia obligatoria antes de iniciar determinados reclamos judiciales y puede llevarse a cabo con representación privada o asistencia de la Defensoría Pública. Dicho proceso extrajudicial busca evitar la judicialización de los conflictos, atenuar el desgaste que conllevan los litigios y propiciar resoluciones adaptadas a las necesidades de las partes.

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