Recurso extraordinario
Caso Rafael Nahuel: La querella apeló la rebaja de penas a los prefectos ante la Corte Suprema
La querella que representa a Graciela Salvo y Rafael Alejandro Nahuel, padres del joven asesinado en 2017, interpuso un recurso extraordinario federal ante la Cámara Federal de Casación Penal para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise la drástica reducción de penas otorgada a los cinco miembros de la Prefectura Naval Argentina imputados en la causa. La presentación, efectuada por el abogado Rubén Omar Marigo, impugna el fallo dictado el 24 de septiembre por la Sala III del tribunal integrado por los jueces Mariano Borinsky, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques, el cual revocó las condenas de prisión efectiva dispuestas previamente por el Tribunal Oral Federal de General Roca.
A través de la resolución cuestionada, Casación dispuso la ejecución condicional de las penas y suprimió las inhabilitaciones especiales que pesaban sobre todos los uniformados involucrados en el operativo de noviembre de 2017 en Villa Mascardi. En el nuevo esquema punitivo, Sergio Guillermo Cavia, considerado autor material del homicidio agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa, vio reducida su condena de cinco años de prisión efectiva a tres años en suspenso. Por su parte, los cuatro partícipes necesarios, Juan Ramón Obregón, Francisco Javier Pintos, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García, recibieron penas de entre dos años y dos años y medio de prisión en suspenso, dejando sin efecto las condenas previas de cuatro años y medio de cárcel efectiva y hasta ocho años de inhabilitación especial.
En el escrito del recurso extraordinario, la representación de la víctima sostiene que la decisión de la Cámara de Casación resulta arbitraria y vulnera las garantías constitucionales del debido proceso, la defensa en juicio y la igualdad ante la ley. La querella argumenta que el tribunal revisor sustituyó de manera injustificada la valoración realizada por el tribunal de juicio de General Roca, el cual ya había cumplido con un reenvío previo y explicado explícitamente las razones para mantener el monto de las sanciones. Según el planteo, el Tribunal Oral ponderó conjuntamente las circunstancias atenuantes y la gravedad objetiva del hecho, destacando la pluralidad de agentes, el uso de armamento estatal de alta potencia y el despliegue de más de 130 a 150 disparos en el procedimiento.
Asimismo, la impugnación remarca una asimetría en el análisis del fallo de Casación, al señalar que la Sala III dedicó un pormenorizado desarrollo a las condiciones personales y la falta de antecedentes de los condenados, mientras redujo la consideración del resultado mortal y del daño causado a meras menciones genéricas. Del mismo modo, el recurso objeta la quita de las inhabilitaciones especiales para el ejercicio de funciones públicas, fundamentando que, al tratarse de un hecho de violencia institucional cometido por integrantes de una fuerza especial armada, resulta irrazonable prescindir de dicha sanción amparándose únicamente en la realización de cursos de capacitación o en la ausencia de sanciones administrativas previas.
El hecho investigado ocurrió el 25 de noviembre de 2017 en una ladera de montaña situada en Villa Mascardi, a unos 35 kilómetros al sur de San Carlos de Bariloche, durante un patrullaje de la Prefectura Naval Argentina. En el marco de un operativo posterior al desalojo derivado de un conflicto territorial con la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, una patrulla del grupo de elite Albatros realizó entre 130 y más de 150 disparos utilizando pistolas calibre 9 milímetros y un fusil MP5. Durante el episodio, Rafael Nahuel, un joven de 21 años de edad, recibió un impacto de bala letal proveniente del arma reglamentaria atribuida al prefecto Sergio Cavia, en un procedimiento que dejó además a otros dos jóvenes heridos.