Decisión
Un taxista de Bariloche cuestionó el rechazo de su licencia y el STJ confirmó que deberá continuar el reclamo por otra vía
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó el rechazo de un amparo presentado por un taxista de Bariloche que buscaba cuestionar la decisión municipal de no renovar su licencia profesional.
El hombre, de 72 años, había sido condenado a dos años de prisión en suspenso por una pelea callejera ocurrida en 2018. Según planteó ante la Justicia, la pena ya fue cumplida y, pese a ese antecedente, pudo renovar su licencia de manera ininterrumpida entre 2019 y 2024.
Cuando este año intentó realizar nuevamente el trámite, la Municipalidad rechazó la solicitud. Según explicó el gobierno local, la decisión se basó en el Decreto 196/2025, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito.
El taxista inició entonces un reclamo administrativo y cuestionó que se utilizara ahora aquella condena para impedirle continuar con la actividad. Señaló además que el trabajo como conductor constituye el único ingreso de su familia.
Al no obtener una respuesta favorable, presentó un amparo ante la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Bariloche. Ese tribunal rechazó la acción al considerar que el amparo no era la vía adecuada para resolver el conflicto.
El hombre apeló la decisión ante el Superior Tribunal de Justicia. En su presentación sostuvo que la nueva reglamentación no podía aplicarse de manera retroactiva y remarcó que no estaba solicitando una licencia profesional por primera vez, sino renovando una habilitación que había mantenido durante varios años.
También cuestionó que se lo privara de continuar trabajando por una condena cuya pena ya había cumplido.
Sin embargo, el STJ no analizó si el Decreto 196/2025 fue correctamente aplicado al caso ni determinó si la condena podía ser utilizada para impedir la renovación de la licencia.
El máximo tribunal provincial concentró su análisis en la vía elegida por el hombre para cuestionar la decisión municipal. En ese sentido, señaló que al momento de acudir a la Justicia todavía se encontraba abierta la instancia administrativa.
El taxista había solicitado al Municipio que reconsiderara la negativa y, antes de que se agotaran los mecanismos disponibles en esa instancia, presentó el amparo.
El fallo también señaló que la decisión municipal se encontraba fundada en una normativa vigente. Determinar si esa reglamentación corresponde aplicarla al caso concreto y analizar el planteo sobre su eventual retroactividad requiere un debate más amplio y la producción de prueba que excede el marco de una acción de amparo.
Por esos motivos, el STJ confirmó el rechazo de la presentación.
La decisión no establece que al taxista le corresponda o no la renovación de la licencia profesional. El conflicto podrá continuar por la vía administrativa y, una vez agotada esa instancia, eventualmente ser discutido mediante el proceso contencioso-administrativo correspondiente. (ANB)