2026-08-26

Viedma

Condenan a un conductor por chocar marcha atrás cuando intentaba estacionar

Un fallo del Juzgado de Paz estableció que, si bien retroceder para estacionar está permitido, es una maniobra que exige precauciones extremas por no ser esperable para otros automovilistas detenidos en el semáforo.

Un fallo del Juzgado de Paz de Viedma atribuyó la responsabilidad de un choque a un conductor que realizó una maniobra de marcha atrás con la intención de estacionar frente a la Residencia de los Gobernadores, obligándolo a pagar los daños causados. El hecho ocurrió en la calle Garrone, casi en su intersección con 25 de Mayo, donde una fila de vehículos se encontraba detenida esperando la habilitación del semáforo. En ese contexto, un automóvil Volkswagen Virtus retrocedió sin advertir la presencia de un Volkswagen Polo que estaba detenido inmediatamente detrás.

La conductora del Polo afectado explicó que, al notar que el otro vehículo se aproximaba, intentó retroceder para evitar el impacto, pero se vio imposibilitada debido a que tenía otros autos detrás. Ante esta situación, tocó la bocina para advertirle al conductor que detuviera la marcha; sin embargo, el retroceso continuó y el Virtus impactó contra el paragolpes delantero de su vehículo. Tras la colisión, el conductor avanzó y dobló por la calle 25 de Mayo. La mujer lo siguió utilizando la bocina hasta lograr que se detuviera en la esquina con Alsina, donde intercambiaron los datos personales y del rodado.

Antes de recurrir a la vía legal, la damnificada realizó los reclamos administrativos pertinentes y presentó la denuncia del siniestro ante Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A. . A pesar de que aportó la documentación complementaria y los registros fotográficos solicitados, la falta de resolución por parte de la aseguradora la llevó a intimar al pago y, finalmente, a iniciar una demanda judicial de menor cuantía para obtener la reparación de los daños.

Durante el proceso judicial, el demandado argumentó que su maniobra de estacionamiento estaba permitida por la normativa vial y sostuvo que el contacto entre los autos había sido de escasa entidad. Asimismo, alegó que la responsabilidad debía recaer sobre la mujer, afirmando que ella intentó adelantarse de manera imprudente y que, por circular detrás, tenía un deber especial de cuidado.

No obstante, el Juzgado de Paz rechazó las alegaciones de la defensa tras evaluar las pruebas del expediente, en particular una pericia accidentológica. La especialista técnica determinó que el choque se desencadenó debido al retroceso del Virtus y descartó que la conductora del Polo hubiera intentado adelantarse o entorpecido el estacionamiento.

El fallo destacó que, aunque la marcha atrás no está prohibida, es una maniobra que genera riesgos y exige extremar recaudos, ya que no resulta esperable para los conductores que aguardan en un semáforo. Por tales motivos, el Juzgado atribuyó la responsabilidad civil al conductor del Virtus y a su titular registral, extendiendo también la condena a la compañía de seguros según el contrato vigente.

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