San Antonio Oeste
La Justicia ordenó saldar deuda tras una fallida operación de compraventa automotriz
En la localidad de San Antonio Oeste, dos hombres protagonizaron un conflicto legal derivado de la transacción de un automóvil que quedó inconclusa. La operación se inició cuando un interesado, acompañado por su pareja, acordó la adquisición de un Renault Megane Scenic en el domicilio del propietario. Como contraprestación, el comprador entregó un Renault Clio que presentaba un desperfecto mecánico, una suma de dinero en efectivo y suscribió un pagaré para cancelar el resto del valor en un plazo determinado.
Ante el incumplimiento del pago final en la fecha pactada, el vendedor inició una demanda de menor cuantía ante el Juzgado de Paz local, donde reclamó el saldo adeudado y los intereses generados. Durante el transcurso del expediente judicial, el demandado realizó una transferencia bancaria en concepto de pago parcial, acción que fue debidamente reconocida por la parte demandante durante el proceso.
Para dictaminar, el Juzgado analizó el boleto de compraventa, el pagaré y la documentación del vehículo, confirmando la legitimidad de la deuda reclamada.
El tribunal aclaró en su fallo que la falta de transferencia del Megane Scenic no eximía del pago, ya que dicha gestión constituye una obligación accesoria y diferenciada de la deuda monetaria. Asimismo, se indicó que, según el boleto de compraventa firmado, los gastos correspondientes a dicho trámite estaban a cargo del comprador.
Finalmente, la sentencia ordenó al comprador cancelar el saldo pendiente y los intereses en un plazo de diez días posteriores a la notificación. De forma simultánea, se dispuso que el vendedor realice la transferencia del automóvil a favor del nuevo dueño, estableciendo que ambas partes deben efectuar las gestiones necesarias ante el Registro del Automotor.